Hola.
Para reclamar el dinero a los morosos por el juzgado no hace falta buscar abogado, el procedimiento a seguir es el siguiente, si ya habeis mandado una carta y no hacen caso, el siguiente paso es APROBAR LA LIQUIDACION DE LA DEUDA, se pone como punto en el orden del dia, se aprueba, se reflejan en acta las cantidades y los nombres y se autoriza al presidente para reclamarla por el juzgado, se llama proceso monitorio, en el juzgado te lo explican.
Es obligacion de la comunidad reclamarlo, en caso que la vivienda se embargue o cambie de nombre y el notario no pida un certificado de estar al corriente de los pagos, la comunidad perderia todo lo anterior ... al año anterior y hasta la fecha cuando se trasmita del año en curso, porque se entenderia que ha habido negligencia por parte de la comunidad, pagar es una obligacion.