No señor, el presidente esta obligado a tratar cualquier asunto de interes para la comunidad, si alguien lo solicita debe incluirlo en el orden del dia.
Mandale a tu administrador este parrafo del articulo 16,2 (parrafo segundo) de la LPH que te pego. Dice lo siguiente.......
Cualquier propietario podrá pedir que la Junta de propietarios estudie y se pronuncie sobre cualquier tema de interés para la comunidad; a tal efecto dirigirá escrito, en el que especifique claramente los asuntos que pide sean tratados, al presidente, el cual los incluirá en el orden del día de la siguiente Junta que se celebre.