Para contratar a un administrador solo hace falta mayoria simple de los asistentes a la reunion,.
En un caso como el que comentas tienes la Ley de tu parte, ....Artículo 10.
1. Será obligación de la comunidad la realización de las obras necesarias para el adecuado sostenimiento y conservación del inmueble y de sus servicios, de modo que reúna las debidas condiciones estructurales, de estanqueidad, habitabilidad y seguridad.
No hay excusa la comunidad tiene la obligacion legal de reparar la gotera, si lo pides y no te hacen caso, necesitas pruebas para poder emprender acciones legales, una es levantar acta notarial, otra pedir un par de presupuestos y otra reclamarselo al presidente por escrito con acuse de recibo advirtiendo que denunciaras a la comunidad por negligencia si no se atiende esta necesidad.
En las reuniones se tienen que redactar actas sino no sirven de nada, en un caso como el tuyo lo mejor es que cambieis de presidente, tienes otra pega y es que tu no eres propietario por tanto no puedes ser presidente, solo te queda insistir al que haga de presidente o consultar a un abogado a ver si hay otra salida.....sin actas es muy dificil resolver estas situaciones al juzgado como ultima salida no se puede ir sin pruebas.