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P
pahvicente
01/09/2009 17:54

SUSTITUCION DE ASCENSORES EN LA COMUNIDAD

¿Los locales comerciales deben participar en la sustitución de los ascensores y hasta qué punto puede plantearlo la junta?

1.910 lecturas | 1 respuestas

En nuestra comunidad queremos sustituir los ascensores que tienen 26 años y la última revisión de Industria nos dan un plazo de 6 meses para hacer algunas reformas(Yo lo considero parches) que nos van a costar bastante dinero y que van a ser para salir del paso.La Junta de la comunidad quiere proponer la sustitución total de todos los ascensores.En nuestra comunidad tenemos 16 locales comerciales y quisiera saber si los locales deben de participar en la sustitución y hasta que punto la junta puede plantear la sustitución.¿Podeis darme alguna información?.Saludos.

 
J
JUCURU
02/09/2009 08:22

Industria ha hecho una revision y a señalado unas deficiencias que debeis subsanar pero no os obliga a cambiarlos por tanto es una obra no necesaria, cumpliriais la normativa sin hacerlo, cualquiera que no quiera pagar este gasto podria acogerse al articulo 11....en cuanto a los locales comerciales lee las escrituras por que a lo mejor estan exonerados y lo tendriais todos firmado, si esta no dice nada y los locales no tienen puerta de acceso a las escaleras, en mi opinion no debn hacerlo.

Artículo 11.

1. Ningún propietario podrá exigir nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad y seguridad del inmueble, según su naturaleza y características.

2. Cuando se adopten válidamente acuerdos para realizar innovaciones no exigibles a tenor del párrafo anterior y cuya cuota de instalación exceda del importe de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes, el disidente no resultará obligado, ni se modificará su cuota, incluso en el caso de que no pueda privársele de la mejora o ventaja.

 

Fin del hilo
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