Industria ha hecho una revision y a señalado unas deficiencias que debeis subsanar pero no os obliga a cambiarlos por tanto es una obra no necesaria, cumpliriais la normativa sin hacerlo, cualquiera que no quiera pagar este gasto podria acogerse al articulo 11....en cuanto a los locales comerciales lee las escrituras por que a lo mejor estan exonerados y lo tendriais todos firmado, si esta no dice nada y los locales no tienen puerta de acceso a las escaleras, en mi opinion no debn hacerlo.
Artículo 11.
1. Ningún propietario podrá exigir nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad y seguridad del inmueble, según su naturaleza y características.
2. Cuando se adopten válidamente acuerdos para realizar innovaciones no exigibles a tenor del párrafo anterior y cuya cuota de instalación exceda del importe de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes, el disidente no resultará obligado, ni se modificará su cuota, incluso en el caso de que no pueda privársele de la mejora o ventaja.