Si hubiera que pagar una derrama, aprobada antes de la venta, pero a pagar despues de la misma ¿lo pagaría el antiguo propietario?, me temo que te diría que no se puso nada en la escritura, y las relaciones con la comunidad de propietarios, desde el momento de la compra-vernta es tuya. Pues aplicale la misma receta.
Dicho de otro modo, si en la escritura de compra-venta no hay nada específico sobre deudas, etc. desde el momento en que compras el antiguo propietario no tiene nada que ver, por eso se suele pedir un certificado de estar al corriente de pagos a la comunidad, que se anexa a la escritura, para de esta forma desvincular totalmente al antiguo propietario de la comunidad.
Vamos, que según mi opinión, no debes reembolsale absolutamente nada.