Inundación debida a servidumbre
¿Puedo obligar a los vecinos a conectarse a la cloaca para evitar inundaciones?
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Buenas noches,
soy propietario de la primera casa de una comunidad de 10, mi casa es la que está al nivel más bajo.En el jardín anterior de las casas pasa la conducción de aguas fecales que empieza en la casa 10 y termina en una fosa aséptica, conectada a su vez a las cloacas municipales.En la calle donde están las casas de la Comunidad no existía cloaca hasta hace 4 años.Ningún vecino se ha conectado a la cloaca.
Resulta que hace 2 años, en el curso de un violento chaparrón y por causas desconocidas, se originó una inundación en mi casa - el "agua" desbordó desde un inodoro - provocando daños evaluados en unos 6.000 €.
Mi seguro rehusó el reembolso por entender que la inundación se originó FUERA del area cubierta por el mismo, el seguro de la Comunidad cubría - y todavía cubre - nada más daños personales, después de varias gestiones personales infructuosas, pedí al presidente de la Comunidad con certificado con a.r. que se me reembolsara los daños, ya que la ley, y creo que se aplicaba a mi caso, establece que que los daños a la finca sirviente por causa de una servidumbre deben ser indemnizados por la(s) finca(s) dominante(s).
Creyendo que tenía que verme con personas correctas, no recurrí a la justicia, a pesar que mi seguro me había puesto a disposición la asistencia jurídica.
En varias reuniones se debatió con fastidio y resoluciones de chiste el tema, en una extraordinaria para tratar el tema de la indemnización solamente acudí yo, el presidente (que personalmente estaba favorable a que nos repartiéramos el gasto) y el administrador.Cuando cambió el presidente, el nuevo, que recibió mi aludido certificado, , después de frases de circunstancia me dijo que no iba a contestar a esta carta ya que no existen estatutos de la Comunidad.
Respecto a los daños, la actitud general fue que "a mi nadie me toma el pelo", observandose además :
? Que otros se han pagado sus daños de inundación
- ? Que se estaban realizando imprecisados trabajos en una avenda cercana (a pesar de no ser necesario a mi entender, me procuré una carta de la compañia municipal certificando que en los días del inconveniente ninguna obra se estaba realizando)
- que la incidencia no se ha repetido, lo cual es cierto, el inodoro alguna vez llegó a casi llenarse, pero sin desbordar.
A este punto, envié una carta (el plazo para acciones legales había pasado), informando que me hacía cargo irrevocablemente del gasto, que pero si se verificara otra incidencia acudiría sin más a la Justicia, y remarcando que ni siquiera se había ampliado la póliza de seguro comunitaria a los daños materiales.Por respuesta, silencio de todos , añadiré como corolario que ahora los vecinos - entre los cuales una pareja que estaba cenando en mi casa cuando la inundación - con quienes tenia amistad se han transformado en enemigos, y yo en un toca......
Mi pregunta es :
-si, ahora que sí existe cloaca pública en la calle de la comunidad, puedo solicitar al Juez que obligue los vecinos a conectarse a la cloaca para evitar los inconvenientes de la servidumbre que tanto daño me han hecho
- si, en alternativa, procede obligar la Comunidad a contratar un seguro apropiado para que las consecuencias de posibles futuras inundaciones no recaigan en mi bolsillo
- aparte confiar candidamente en la buena fe de mis vecinos, ¿que errores he hecho para encontrarme en la lamentable situación de "cornudo y apaleado"?
Un saludo cordial a todos, en especial al impagable y apreciado Jucuru