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Luis1958
15/10/2009 14:02

Subida grande de cuota ordinaria

12.544 lecturas | 7 respuestas
Hola, soy nuevo en este foro.

El año pasado mi comunidad subió la cuota ordinaria el 6,25%, a pesar de ello la subida resultó insuficiente y ahora me han pasado un acta donde dice que han votado todos los asistentes (7 de 22 vecinos) pasar una derrama extra y lo que es peor, subirnos la cuota otro 25%, para que en el 2010 no vuelva a faltar dinero.

El problema es que el presidente, que es vecino nuevo, para mejorar el jardín y dejarlo a su gusto, ha tenido que sustituir el jardinero-manitas que teníamos en nómina por una empresa de mantenimiento que nos envía varios de sus empleados a la semana; pero claro, esto sale más caro.  Además ha hecho mejoras pequeñas como poner papeleras, etc.

La actitud de los vecinos llamémosles "activos" parece ser: Aquí mandamos nosotros, y si no os gusta, acudid a las juntas.  Es verdad que, aunque nunca se ha propuesto mejorar el jardín explícitamente, tampoco ha protestado nadie contra ella.  Sin embargo me temo que ahora más de uno se va a negar a pagar, y la verdad es que a mí tampoco me hace gracia la subida, y menos a posteriori.  La actitud de los vecinos llamémosles "activos" parece ser:  Aquí mandamos nosotros, y si no os gusta lo que hemos hecho, haber acudido a las juntas.

Al administrador le parece todo bien, dice que él sólo obedece lo que le manda la Junta.

Pregunto: ¿Es lícito subir tanto las cuotas? ¿Todos los años? ¿Dónde está el límite?
 
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Luis1958
18/10/2009 18:43
Javymir:  No me riñas.  Acudí a la junta del 2008, donde ya se subió el presupuesto ordinario más del IPC. Pero ¿de qué sirvió, si lo han rebasado mucho? En otra comunidad que yo estuve, y en esta misma mía hasta ahora, las cuotas ordinarias subían más o menos con el IPC.

Macadi, ¿quieres decir es que los gastos ordinarios puede aprobarse como los extraordinarios? En tal caso, una mayoría-minoría simple podría subir las cuotas hasta 3/12 mensualidades... No me convence esta interpretación de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), que sólo habla de mejoras o innovaciones.  Además, la LPH prescribe dos convocatorias pero como luego dice que la 2ª puede ser media hora tras la primera, pues en realidad se convocan ambas juntas a la vez y la gente va sólo a la 2ª, y encima llega tarde.

Pepe, a ver si he entendido bien tu respuesta.

1º:
Sí, lo de subir las cuotas el 15% anual 10 años seguidos es un ejemplo.
Lo de separar claramente gastos ordinarios de extraordinarios debería ser así, de acuerdo.

2º:
Sí, la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) es clara en cuanto a que todos debemos pagar para mantener la comunidad, y además da medios para perseguir morosos.
También estoy de acuerdo que una simple mayoría no basta para aprobar mejoras.

3º:
Pero esas dos o tres premisas no contestan mis dudas, las cuales son precisamente ¿qué pasa cuando no se cumplen dichas premisas de Ley y de sentido común? En nuestro caso el gobierno de la Comunidad no ha hecho la distinción debida entre gastos ordinarios y extraordinarios, ni entre mantenimiento y mejoras, ni se ha ajustado al presupuesto del 2008. Eso se puede interpretar como abuso de poder, que es lo que hace el vecino disidente; pero la mayoría está o estamos de acuerdo (al menos tácitamente), como se demuestra porque la junta del 2009 pide dinero para pagar lo hecho y para mantenerlo.

Por eso refraseo mis preguntas. ¿Existe límite _cuantitativo_ para aprobar gastos ordinarios a posteriori? ¿Y a priori, o sea para subir las cuotas ordinarias del 2010? ¿Podrá un disidente negarse a pagar la sobrecuota? ¿Hay leyes, jurisprudencia o costumbre aceptada en estos casos?

Luis
 
P
PEPE123
15/10/2009 19:07
Te haces estas preguntas, muy lógicas, según tu párrafo copiado a continuación:

Pero supongamos que el 80% de todos los propietarios acudiésemos a las juntas y votásemos debidamente, antes de meternos en gastos, subir las cuotas ordinarias el 15% anual durante 10 años seguidos para ir mejorando paulatinamente la urbanización. ¿Podríamos obligar legalmente a la minoría disidente o pasota, a pagar un "estatus" que no desean? Y si fuese lícito, ¿tenemos derecho moral a ello?
No tengo clara la respuesta a ninguna de las dos preguntas, porque si es que sí, los "activos" seríamos unos abusones ley en mano y prácticamente echaríamos a los vecinos más modestos; pero si es que no, una minoría terca y tacaña podría torpedearlo todo o gorronear del resto.

Dos comentarios, bajo mi punto de vista, a lo que te planteas:

1 .- Dices "subir las cuotas un 15% durante 10 años" (entiendo que es un ejemplo). Las cosas no funcionan así, fijando cuotas y con ello decidir en qué se gasta , sino justamente al contrario, se fija el presupuesto de gastos, separando claramente ordinarios de extraordinarios, y con ello se calculan las cuotas, ordinarias y extraordinarias o derramas necesarias, a aportar por los propietarios, para cumplir con el presupuesto.


2 .- La clave es la palabra que he remarcado en negrita de tu texto, "MEJORANDO".
La Ley de Propiedad Horizontal establece perfectamente que los propietarios deben colaborar al "mantenimiento" de la comunidad, y habla de como deben ser aprobadas las "mejoras". Ese es el quid de la cuestión, diferenciar claramente qué gastos son para mantener la comunidad y qué gastos suponen una mejora, que no pueden ser aprobados por una simple mayoría de asistentes.

Con estos dos temas se resuelven, casi totalmente, tus reflexiones sobre abuso de unos (partidarios de mejora del status) y de otros (tercos y tacaños), y digo casi totalmente porque a veces hay temas que están rozando la línea que separa gastos necesarios de mejoras.

 
L
Luis1958
15/10/2009 18:23
Caramba, se me ha congelado el dichoso Explorer en el momento de enviar este mensaje y lo estoy retecleando. Si sale repetido, lo siento.

Bueno, entiendo que conviene ir a las Juntas, de hecho yo fui a la anterior. Eso está fuera de discusión.
Lo que pasa es que los que acaban yendo a las juntas son, o bien quienes quieren hacer algo concreto que les interesa (aunque normalmente es positivo para todos), o bien quienes les gusta enredar, manduconear, etc. Otros somos más comodones (lo reconozco), más tacaños o más conservadores, pero no por eso se nos se puede imponer cualquier decisión, digo yo.

En el caso que os consulto, el quid de la cuestión está en que la derrama y la subida aprobadas NO pagan gastos necesarios, sino que pretenden condonar y mantener una mejora lograda por vía de hecho. En otras palabras, el presidente cambió el jardinero sin consultar con la Junta (esto responde la observación de MACADI) y nadie ha justificado que las mejoras obtenidas sean más que estéticas.
Dicho de una tercera forma, éste presidente no, pero otro de los nuevos ya ha insinuado que no es tan caro poner entre todos un vigilante las 24 horas y un bañista. Es un nuevo rico y me da miedo que se lleve el gato al agua, ni que estuviéramos en La Moraleja.

Pero supongamos que el 80% de todos los propietarios acudiésemos a las juntas y votásemos debidamente, antes de meternos en gastos, subir las cuotas ordinarias el 15% anual durante 10 años seguidos para ir mejorando paulatinamente la urbanización. ¿Podríamos obligar legalmente a la minoría disidente o pasota, a pagar un "estatus" que no desean? Y si fuese lícito, ¿tenemos derecho moral a ello?
No tengo clara la respuesta a ninguna de las dos preguntas, porque si es que sí, los "activos" seríamos unos abusones ley en mano y prácticamente echaríamos a los vecinos más modestos; pero si es que no, una minoría terca y tacaña podría torpedearlo todo o gorronear del resto.

Mis dudas no son teóricas...
 
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Luis1958
15/10/2009 17:45

  Entiendo que lo ideal es acudir a las Juntas.  De hecho yo voy a algunas.
  De todas formas, la Junta del año pasado aprobó un presupuesto y luego el Presidente o quien sea se ha gastado más, ¿cómo se come eso?  Quiero decir que para qué vale entonces presupuestar nada.
  Y luego, el quid de la cuestión es que la subida (del presupuesto y de las cuotas en consonancia) NO es para afrontar gastos necesarios, sino para mantener la prestancia más lujosa del jardín lograda por vía de hecho.  Dicho de otra manera, el presidente se la jugó al cambiar el jardinero por su cuenta (esto responde la observación de MACADI) y al afrontar los demás gastos que no fueron presupuestados ni siquiera aprobados formalmente, sino sólo tácitamente al ser aprobadas sus cuentas hace poco.
  Dicho de una tercera manera, si cualquier presupuesto es aprobable por mera mayoría, incluso por mayoría de 2/3 o de 3/5, uf, entonces se podrían introducir servicios nuevos todos los años y en general, sería lícito imponerle a todos los vecinos un tren de vida que no pueden o no quieren soportar.  Nuestro presidente actual no me parece de este talante, pero hay otro de los nuevos que ya me ha dicho que quiere ponernos un vigilante de 24 horas, un bañista, etc.  Es un nuevo rico y me da miedo, en serio.  Luego que se sube un gasto es difícil dar marcha atrás.
  El caso es que la Ley de Propiedad Horizontal no pone coto a los gastos ordinarios, sólo a los extraordinarios.


   

 
P
PEPE123
15/10/2009 16:35
Como te dice Macadi, los presupuestos se aprueba en junta.
Y simplemente, un detalle más, lo importante no es que la cuota haya subido el 25%, lo importante es que (en teoría) se ha aprobado un presupuesto anual que contempla una serie de gastos a abordar para el correcto funcionamiento de la comunidad, y que traducido a cuotas resulta un porcentaje x (25, parece ser) de subida sobre el año anterior. Vamos, que lo importante es el presupuesto de gastos necesario, no el % de subida.


 
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MACADI
15/10/2009 14:43

Es lícito llevar los presupuestos a las juntas de propietarios, estos los aprueban o no, igual que cualquier otro cambio, como el cambio de jardinero,  No lo cambia el presidente, lo cambia la junta de propietarios, que es la que tiene competencias.

Por eso es importante ir a la junta, o que alguien te represente, o entregar la votación por escrito. 

Saludos.




 

 
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javymir
15/10/2009 14:42
Haber acudido a las juntas
 

Fin del hilo
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