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S
sespe
20/10/2009 17:09

jardin comunitario y responsabilidad del mantenimiento

4.904 lecturas | 4 respuestas
Pues vamos a ver si puedo exponer el tema con la mayor claridad posible.
Se trata de dos portales con una sola comunidad pero dividida en dos , cada portal tiene su propia comunidad y un jardín comunitario. En la actualidad lo atiende un vecino del otro portal que es un señor que está jubilado y  realizaba las labores de mantenimiento como entretenimiento, hasta ahora nadie se había opuesto. El problema es que ahora pretende que se le remuneren sus servicios. Aparte de ser totalmente ilegal, ya que no está dado de alta, sin tener en cuenta su condición de jubilado la cual le impediría realizar actividad remunerada alguna. Se propone al otro portal presupuestar riego por aspersión y mantenimiento del jardín o colocar jardín tipo japones ( de piedrecitas ), se han buscado varios presupuestos, en concreto cinco. El siguiente paso es reunir a nuestro portal y ver que se decide y posteriormente reunirnos con el otro portal.
El problema es que de antemano, la señora presidenta del otro portal que lleva nueve años presidiendo dicha comunidad, se opone a todo, hay que decir que el "jardinero", es su señor padre, que vive en su mismo portal. Entonces avisandonos de antemano que no van a estar de acuerdo con nada, por su cuenta y riesgo han decidido unilateralmente, en mantener sólo la mitad del jardín, que segun ella es la que les corresponde, ( el jardín es rectangular y lo han partido como la señora ha querido).
Mi problema es ( en la actualidad soy el presidente del otro portal, aunque sólo aparezco como vocal, ya que la comunidad como tal la tienen ellos, el libro de actas en fin, somos un portal con comunidad de segunda), para reunirme con el otro portal debería de saber como se hace legalmente ya que preveo que va a haber movida. Debería de convocar una reunión conjunta, pero no sé si tengo potestad para ello, supongo que ni asistirían, en caso de conseguir dicha reunión, habría que votar si se decide aprobar algún presupuesto, ¿que ocurre si no van suficientes vecinos?, ¿ que porcentaje tiene que haber para aprobar esto? ¿ se puede obligar a aceptar alguno de los presupuestos?, si no quieren ¿se deja perder el jardín?.
Y otra duda más, como hago para separarnos de la otra "comunidad"? en la actualidad hay un sólo nif pero con dos cuentas bancarias.
Ya sé que son muchas preguntas pero agradecería una orientación.
 
S
sespe
23/10/2009 00:14
pues nada , ya he ido al registro de la propiedad y no he sacado mucho en claro. El libro de actas lo puedo registrar para nuestro portal, pero para solicitar los estatutos tiene que ser el presidente de la comunidad, que es la señora que lleva nueve años en el otro bloque, yo soy el vocal de nuestro portal, es decir, nada. Para separarnos del otro bloque y constituir nueva comunidad de nuestro portal, no sabían exactamente pero debido a que los dos bloques están en la misma finca, parece ser que es una sola comunidad , por lo tanto para segregarse, no sé como se hace, en fin, me temo que voy a tener que acudir a un administrador de fincas ya que la cosa parece más complicada de lo que es.
 
S
sespe
21/10/2009 12:23
Macabi, sí, los dos portales son iguales en cuanto a número de vecinos, cada portal lleva sus cuentas de gastos independientemente y cada portal tiene su cuenta bancaria. Lo único que es común es el susodicho jardín, el cuál mantenia este señor hasta que como he dicho ha pretendido cobrar por dichos servicios, ante lo cuál , nos hemos negado evidentemente ya que aparte de que el mantenimiento del jardín lo realiza "a su manera" y después de informarme de que no puede realizar dicha actividad, teniendo en cuenta que si se produce algún accidente, la comunidad es la responsable civil, de la posible indemnización que pudiera corresponderle, ante esta posibilidad , me aseguraron que no habría ningún problema, pero la evidencia es que si tuviera algún percance, seríamos todos responsables, esto es seguro.
Así que nada me acercaré al Registro de la Propiedad con el cif o nif, que no sé como se llama, de la Comunidad a ver que puedo averiguar y con posterioridad veré como se puede establecer una nueva comunidad, sí es que se puede, con nuestro portal únicamente. Aquí es donde más dudas tengo por todo lo que he referido con anterioridad, no sé si se puede salir un portal de la comunidad ya existente y establecer una nueva, ya os informaré como ha ido todo, si puedo iré mañana, muchas gracias otra vez.
La posibilidad de buscar administrador también ha sido barajada, pero en mi portal no sé si estarán muy por la labor de que nos administre alguien. Yo había pensado hacer esto último por lo menos para este año y solucionar el problema que tenemos en la actualidad, aunque si lo puedo hacer yo, lo prefiero.
Un saludo y ya os contaré.
 
M
MACADI
21/10/2009 11:27
Preguntas:

Sois dos portales iguales, es decir,  cada portal tiene el 50% de coeficiente, igual número de vecino, votos.

Saludos
 
S
sespe
21/10/2009 11:02
Gracias de antemano por las indicaciones, voy a ver si puedo concretar más mis dudas ya que no he expuesto la situación con claridad.

La comunidad se constituyó en su día para los dos portales, por eso sólo hay un cif, con posterioridad por parte de los propietarios de mi portal se acordó, llevar nuestro portal independientemente, esto quedó reflejado en el libro de actas pero como digo aparecen como presidente, la señora, como secretario, su padre (el jardinero ) y en nuestro portal nosotros somos vocalespero la comunidad como tal sigue siendo de los dos portales. En mi portal me han preguntado sí no nos podemos separar y constituir nuestra propia comunidad, pero dicen que costará mucho dinero, desconozco los pasos a seguir, ya que como he dicho ya está constituida la comunidad de antemano con los dos portales, la pregunta aquí sería, ¿que pasos hay que seguir para constituirnos como comunidad independiente?, si se puede claro. Y ya de paso, sí se pudiera hacer esto, como habría que hacer para crear la supracomunidad, con el fin de poder gestionar el jardín.

Aparte de esto el jardín , en su día era una zona que no estaba como tal, lo arreglaron entre los vecinos para crear dicho jardín, entonces uno de los motivos que alega la señora es que esto es un jardín por que lo hicieron ellos y que no cree que estén obligados a pagar ningun mantenimiento ni obra alguna. Yo le comenté a la señora que eso no era mi problema ya que cuando yo compré el piso el jardín ya estaba, por lo tanto me compré un piso con jardin y que habría obligación de mantener.
En lo referente a los Estatutos, tengo que decir, que no hay dichos Estatutos y que en este momento sería problemático establecer unos dada la situación actual en la que nos encontramos.

Sólo pediría que me siguierais aconsejando debido a la premura del tema, ya que todo esto sucedió en verano. En estos momentos tengo los presupuestos preparados para reunirme con mis vecinos y decidir algo, el problema va a venir en la reunión con el otro portal, es por lo que solicitaba el asesoramiento para hacerlo dentro de la legalidad, muchas gracias.
 

Fin del hilo
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