ELIZABETH005 dijo:
ESTO LO TENGO QUE HACER CADA VEZ QUE ME DEVUELVE UN RECIBO ?
O ME ESPERO QUE HAYA UNOS CUANTOS DEVUELTOS ?
CADA VEZ QUE ME DEVUELVE UN RECIBO, ME TENGO QUE PONER EN CONTACTO CON EL PROPIETARIO ? ES MI OBLIGACIÓN LLAMARLE O SE SUPONE QUE COMO SE PASA UN RECIBO CADA 10 DE CADA MES, CON ESTO TENGO LAS ESPALDAS CUBIERTAS Y NO LE TENGO QUE LLAMAR CADA VEZ.
PERDONAR POR MI CUMULO DE PREGUNTAS Y DUDAS PERO NO QUIERO COMENTER NINGÚN ERROR A LA HORA DE ACTUAR CON ESTA GENTE.
Lo tienes que hacer cuando así lo decida la junta previa certificación de la deuda.
Lo razonable es que comuniques a quien ha dejado de pagar, que lo ha hecho, por si acaso no se ha dado cuenta y así dejas constancias de que se le reclama el dinero en el caso de que haya que ir hasta el monitorio.