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VECINICOS
VECINICOS
11/01/2010 16:43

administrados & comunidad

¿Podemos cambiar el administrador y el presidente de la comunidad de vecinos recién constituida?

1.375 lecturas | 1 respuestas
Hola buenas tardes

Quería exponer un par de preguntas.
- Nos acabamos de comprar una vivienda nueva. (en noviembre), y hoy me ha dado por llamar al "administrador", que nos comenta que han constituido una comunidad, los propietarios (empresas), que tenían las viviendas. ¿una vez que ya seamos vecinos viviendo, podemos cambiar el administrador cuando queramos?

también nos dice que tienen un presidente, un representante de una de las empresas, que ni vive alí, Y dice que hasta dentro de un año no se puede cambiar. ¿podemos nosotros en la proxima junta cambiar de presidente?

También dice que debemos de pagar la comunidad desde la escrituración, pero es que a mi nadie me ha dicho nunca nada, si no me da por indagar, y lo hago dentro de 5 meses me hubiese tocado pagar 2.000€...... El administrador no tiene "obligación" de ponerse en contacto con los nuevos propietarios.

Igual mis preguntas son un poco vanales, pero es que no tengo ni idea de estos temas.

MUCHAS GRACIAS POR ADELANTADO. 
 
lebiram
lebiram
11/01/2010 18:56
Buenas tardes:

Ante todo, feliz año.

En principio, por supuesto que podéis destituir al Administrador; a éste lo tenéis que elegir vosotros, no puede ser impuesto. Una cosa es que la promotora contrate a uno para que constituya la comunidad, pero otra muy distinta es que os imponga al administrador.

El presidente tampoco se impone, sino que se ha de ser, o bien mediante elección, o bien por turno rotatorio o sorteo, y para su elección bastará con el acuerdo mayoritario de los miembros de la comunidad. Por supuesto, nada lo impide, pero es conveniente que el presidente viva en el edificio que representa, mas que nada porque es responsable subsidiario de cualquier circunstancia producida frent a terceros por la comiunidad, y por tanto, sería mejor que estuviese en la vivienda para poder defenderse. Como parece ser que el presidente es impuesto, y no elegido ni por sorteo, ni por votación ni por otro medio estipulado en la ley, entiendo que su nombramiento no es válido, por lo que si estáis de acuerdo, podríais elegir a otro. Lo que pasa es que me parece un poco de "dejadez" (perdona que sea tan franca) si pasa el tiempo y nadie se ha preocupado de nada.

Debéis pagar la comunidad, efectivamente, desde su constitución. De hecho, el promotor os informaría en su momento de la situación de incipiente comunidad, y a partir de ahí, los vecinos os tenéis que reunir para empezar a dilucidar asuntos (nombrar presidente, administrador, etc...) Ignoro si la constitución de la comunidad ha sido abonada por la promotora o se os ha repercutido en el precio, pero aun asi, la comunidad ya está creada, y hay que dar los pasos siguientes, pero siempre vosotros, no permitáis que os impongan nada, y que todo esté decidido mediante Junta, y dejado constancia por escrito en la correspondiente acta.

Si necesitas alguna otra cosa, puedes escribirme a marisub@gmail.com o al correo que figura al pie de firma, y te responderé encantada.

Un saludo,

Maribel B.
Maribel Bautista
Abogada
Experta Técnica Inmobiliaria
Mqubico - Abogados
info@mqubico.es
http://mqubico.es
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Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 

Fin del hilo
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