Al estar contemplado esa salvedad en los estatutos, fueron admitidos por todos al escriturar, algo que si no estás de acuerdo, no lo firmes anula la compraventa y santas pascuas, luego tenemos el RDGRN que no puede registrar cláusulas contrarias a ley, En el hipotético caso de que las inscribiera, el juez obligaría al registrador a anularlas, nunca a la comunidad, y está no está legitimada a demandar al registrador, posiblemente actuará si es que procede la fiscalía por eso el juzgado lo tenga pendiente, de resolución posiblemente este retenido el caso en fiscalía, vamos que el fiscal no lo tiene claro.