Artículo 11
1. Ningún propietario podrá exigir nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble, según su naturaleza y características.
2. Cuando se adopten válidamente acuerdos para realizar innovaciones no exigibles a tenor del apartado anterior y cuya cuota de instalación exceda del importe de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes, el disidente no resultará obligado, ni se modificará su cuota, incluso en el caso de que no pueda privársele de la mejora o ventaja.
consulte esta pagina
http://garciacollado.blogspot.com.es/2011/12/la-unanimidad-para-obras-en-elementos.html
http://garciacollado.blogspot.com.es/2009/11/necesidad-de-unanimidad-para-construir.html
Creo que está bastante claro, lo que tiene que hacer usted es denunciar a la comunidad. a usted tambien le saldría gratis el abogado.
yo me pondría en contacto con los otros propietarios que no desean la piscina, y le mandaría un burofax al administrador indicandole que la piscina no se puede realizar según el articulo que le he remitido.