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G
gemuki
22/03/2010 18:32

acceso a zona comunitaria desde parking

3.956 lecturas | 3 respuestas
 Hola,

Somos unos vecinos de una nueva comunidad que tiene una zona comunitaria con piscina y gimnasio. Esta comunidad tiene varios bloques de viviendas y ademas parkings i trasteros.

El problema que tenemos es el siguiente:
- Desde el parking se puede acceder libremente a todas las escaleras y a la zona comunitaria. Esto implica que cualquier persona que haya adquirido un parking o un trastero puede disfrutar de la piscina y acceder al interior de todas las escaleras.

Es esto legal? nos gustaria saber si:
1.Existe alguna normativa que obligue a tener una llave para acceder a las viviendas desde el parking?
2. Puede la inmobiliaria vender estos parkings a personas que no tengan pisos comprados en la comunidad?
3. Ademas para entrar y salir a la calle solo existe la puerta automatica como acceso directo o una puerta de emergencia que da a la zona comunitaria para salir andando. La puerta de acceso para los coches es extremadamente grande y cabria de sobras una puerta lateral para poder acceder andando. Existe alguna normativa al respecto o los accesos al parking pueden ser como la constructora quiera.

4. Tambien tenemos un sensor de presencia que es externo al parking y que ya han robado dos veces, hemos visto otros parkings de comunidades vecinas y ninguno tiene este sensor externo, sino que los tienen internos la lado de la puerta de entrada por el interior. Existe tambien alguna legislacion al respecto?

Muchas gracias por sus respuestas.

Atentamente,

Gemma 
 
A
alex777
22/03/2010 20:17
No soy abogado. Pero trabajo en una empresa que asesora a administradores de fincas y comuneros.

Respecto a lo del sensor no sabria decirte porque no lo he visto, pero lo que si que esta claro es que teneis que poner los medios para que no os lo roben, de todas formas si poneis medios y os lo fuerzan esto debe de estar cubierto por el seguro comunitario que supongo tendreis.

un saludo,



Alex
 
G
gemuki
22/03/2010 20:09
 Hola Alex,

Gracias por tus respuestas. Una pregunta, eres abogado o tratas temas de este tipo o es por tu experiencia personal que sabes como funciona legalmente?

Respecto a la puerta de acceso al parking, claro que el sensor ha de estar cerca de la puerta, pero es bastante diferente que este dentro a fuera. En un caso lo pueden robar facilmente y en otro no. Lo unico que queria saber era si habia alguna normativa al respecto porque parecia un poco estraño que el resto de comunidades lo tuvieran interior y la nuestra exterior y ya nos lo hubieran robado varias veces.

Gracias de nuevo por tus respuestas.

Saludos

Gemma
 
A
alex777
22/03/2010 19:56
Hola Gemma.

Soy nuevo en el foro pero me ha interesado tu post dado que he tenido un caso muy parecido.  te comento a tus preguntas.

1. No hay normativa al respecto. Lo único que puede regular sobre el acceso a una zona comun son los propios estatutos de la Comunidad, esto se aprueban al constituir la comunidad, sino hace falta haber unanimidad para modificarlos.

2. La inmobiliaria puede vender los parkings a quien pueda. Eso puede causar problemas a los propietarios. Normalmente en los propios estatutos se establecen que hay propiedades como garajes que no pueden usar determinadas zonas comunes. Si no es asi lo único que cabe es aprobar en junta un reparto de cuotas por el que el mantenimiento de estas zonas comunes (piscinas, jardines) este limitado a los propietarios de las vivienda y por tanto los garajes no deban disfrutar de estas instalaciones. lo suyo sería cambiar los estatutos.

3. Depende de muchos factores, si la rampa es de un determinado tamaño solo se podrá instalar una puerta para coches, sino cabe la necesida de una puerta peatonal.

4. Normalmente estos sensores deben de estar en la inmediaciones de la puerta dado que son para bloquear un haz de luz cuando los cruza un vehiculo, de esta forma mientras esta cruzando no se cierra la puerta.

Expero que te pueda haber ayudado con esta aportación.


Un saludo,



Alex
 

Fin del hilo
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