Efectivamente, podeis alquilarlo, y en cuanto a los ingresos, que deben ser con IVA y retención de IRPF, debeis hacer dos cosas:
Ingresar trimestralmente el iva en Hacienda (modelo 303)
A final de año hacer una declaración de imputación de rentas (modelo 184), en el que se reparten los ingresos y las retenciones de Irpf por coeficientes, y estos son los que después cada propietario deberá incluir en su declaración de renta.