Bueno a ver como explico esto:
Un piso en herencia, 7 copropietarios o herederos, y yo no resido en el municipio donde esta la casa,
Al ser herencia tenemos algunos problemas con los demäs copropietarios, para el pago de una derrama y los gastos corrientes, que por algunos me parece que no quieren pagar,
Me pongo en contacto con la junta administradora, para que me remitan donde tengo que hacer yo los ingresos de la parte que a mi me toca, y me contestan que como para la administraciön es mucho trabajo el ingreso de 7 partes de los gastos ordinarios ,pues me remiten a que me ponga de acuerdo con los restantes, y se haga en un solo ingreso a lo cual ami me parece una tonteria ya que si los demas no pagan o no se hacen los ingresos quedo yo tambien como moroso,
La pregunta es ¿ es legal que la comunidad pueda obligarme a tener que ingresar en otra cuenta a nombre de otra persona y rezar para que esta persona se comprometa a ingresar en la cuenta de la comunidad? no quiero decir nada contra nadie , pero corren malos tiempos, y la justicia para reclamar muy cara.
O por el contrario puedo hacer los ingresos todos los meses yo mismo sin que le afecte a los adminstradores en sus balances ?
agradeciendole su contestacion: