4.12.2010
En mi finca tenemos un portero que nos recoge las bolsas de basura en la puerta de la vivienda, las baja al cubo general de basura y tira las mismas al contenedor municiipal Por el primer servicio le pagamos, toda la finca, un importe mensual en nómina, con seguridad social, dios pagas extras, mas su paga en vacaciones, y por si fuera poco esto se hace dentro del horario laboral, lo que al parecer está legislado. En otras fincas, el portero recoge estas basuras fuera de horario laboral, tiene un seguro de accidentes por su cuenta, y este empleado le cobra a cadas vecino individualmente este servicio.
Legalmente, se puede anular este servicio pasando al segundo; y en caso negatiivo aunque haya una junta que apruebe seguir como se está, ya que es un servicio particular, solo unos vecinos no quieran seguir ¿ se les puede obligar a pagar este servicio de este modo ?