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xhhon
30/12/2010 08:46

Colocacion de Pivotes en Garaje Comunitario

¿El propietario de una plaza de garaje comunitario tiene derecho a colocar Pivotes?

18.071 lecturas | 5 respuestas

Soy Propietario en Andalucía Córdoba capital de una plaza de aparcamiento comunitaria colindante mediante una línea con otra. Con fecha 1 de diciembre de 2010 me comunica el propietario de al lado que debido a los problemas que el tiene conmigo, ha decidido por su cuenta poner 2 pivotes en su plaza de aparcamiento. Con fecha 9 de diciembre de 2010 existe reunión general de propietarios a la cual dicho propietario no asiste incluso pasando por la misma, ya que se celebro en la cocheras recibiendo el acta de la misma 15 diciembre 2010. Yo hago incluir en ruegos y preguntas para la siguiente reunión que se trate el problema de este hombre conmigo para la aprobación o denegación de dichos pivotes. Con fecha 23 de diciembre de 2010 este propietario coloca dichos pivotes. Consulto a La Presidenta no ha dado la aprobación y no tiene comunicación ni verbal ni escrita sobre la colocación e incluye además que ese punto se tenia que tratar en la siguiente reunión. El Administrador no tiene comunicación tampoco de la colocación pero si de que lo iba a colocar. Comunico por escrito al Administrador para que se incluya en el orden del día de la siguiente reunión y me comunica que cualquier modificación esta incluido en el libro de acta con fecha 19 de Febrero 2009 tiene que estar aprobada por junta de propietarios.

Desesperado Consulto a un abogado amigo mío, pero no es especialista en propiedad horizontal y me comenta que las decisiones incluidas en actas no tienen validez ante un juez, y que por el único sitio donde me puedo agarrar es a que se me esta perjudicando.

Preguntas:
¿Las decisiones de propietarios recogidas en el libro de actas no tienen validez ante un juez?

¿Aunque el propietario tenga la propiedad y, en consecuencia, el uso privativo de la plaza, la plaza es elemento común del edificio?

Estos pivotes que me perjudican a mi como primer afectado como a cualquier vecino que quiera pasar por ahí como por cualquier otro lado como se estaba haciendo hasta ahora se puede alegar ante un juez.
 

 
B
Blont
13/10/2017 15:58

El buen resultado de un blog, es que sea ligero y ameno.

No tiene ningun sentido el sacar un tema de 2010, que tal vez no importe a nadie.

Pero es que encima, se vierten afirmaciones carentes de legalidad y totalmente falsas.

La cimentacion, o sea el suelo de la plaza de aparcamiento es de propiedad por destino, como lo son, ventanas, buzones puertas, etc. Codigo civil art.396.

Por lo expuesto no se puede hacer lo que se le antoje al propietario de la plaza

 
P
PEPE123
13/10/2017 14:30

“ Tampoco puede realizar obras, sin la correspondiente Licencia……...”

 

Pues la colocación de esos pivotes ES UNA OBRA, que require la autorización de la comunidad. No hace falta licencia municipal por su escasa entidad.

 

 
N
nacho73
30/12/2010 13:24

A mi me da que está hasta el gorro de que le machaques el coche a portazos. Habla con el.

Fijate en la puerta de su coche y saldras de dudas.

¿A ti para que te molesta?

 
M
MACADI
30/12/2010 12:39

Échale un vistazo a los Estatutos de la comunidad a ver si ponen algo, sobre las plazas de garaje.

Al ver los pivotes, parece que son para proteger su coche de los roces que se producen al abrir las puertas del coche de la plaza de al lado.

¿en qué te perjudican los pivotes?  supongo que ya no puedes abrir la puerta totalmente.

Para acceder a la tuya no se tiene que utilizar espacio de otra;  aunque lo hagamos por comodidad y habitualmente esto está reflejado en los estatutos de la comunidad..

de la forma que los ha colocado le perjudican más a él, dado que los puso totalmente en su plaza sin ocupar la mitad de la linea amarilla.

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No sé que problemas tenéis pero no me parece muy hostil la colocación de esos dos pivotes.  No entiendo tu desesperación. Lo mejor es solucionar las diferencias.

La comunidad puede aprobar o no su colocación; y que coste en Acta; pero poco más.

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Sobre la validez para un Juez de los asuntos aprobados en Junta de propietarios, hay que tener en cuenta que algunos de los asuntos que se aprueban en junta de propietarios pueden ser ilegales, dado que los propietarios no son JUECES. 

Saludos

 
optimizo
optimizo
30/12/2010 10:00

Habría que consultar con las escrituras lo normal es que aunque el propietario tenga la propiedad y, en consecuencia, el uso privativo de la plaza, la plaza es elemento común del edificio.
Los artículos 12 y 17.1 de la LPH establecen que para cualquier alteración o modificiación de un elemento común, para su instalación será necesaria la adopción del acuerdo por la unanimidad de los propietarios
Si instala el hierro sin obtener el previo consentimiento para ello, de conformidad con el artículo 1964 del CC la comunidad podrá iniciar las acciones judiciales oportunas en el plazo de 15 años desde su ejecución. Al final si esto ocurre le obligaria a quitar el hierro teniendo la posibilidad que tambien sea condenado en costas y tenga que pagarlas además del abogado.
Lo que no entiendo es lo que le dice el administrador de la modificacion con fecha 19 de febrero.
Felices fiestas y un saludo
 

 

Fin del hilo
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