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S
Serander
31/01/2011 20:13

Proximo Presidente de escalera/comunidad

¿Es legal que una persona administre la escalera sin votación?

2.804 lecturas | 3 respuestas

Hola soy nuevo por aquí, resulta que el viernes se supone que me corresponde asumir la presidencia de la comunidad de escalera por un año, pero hay varias cosas que no tengo claras y agradecería que me pudieran asesorar un poco. Os comento, la actual  presidenta lleva 5 años administrando la escalera porque al parecer administro el año que le correspondía a ella y el de algunas de las amigas de la comunidad (cosa que me parece vergonzosa), bueno en definitiva como dije antes este viernes por primera ves me toca tomar la presidencia y quería aclarar si es legal:

 

1º Que una persona administre la escalera sin ni tan siquiera proponerlo a votación.

2º Como hacer con el tema de los propietarios que o porque son demasiado mayores o no viven en dicho piso, se niegan a administrar el año que a ellos le toca, (yo había pensado proponer que el que no pudiera administrar "su" año que pagara algo de dinero en compensación).

3º También en la ultima reunión se hablo de bajar la cuota de la comunidad (porque hay una reserva de dinero en la cartilla de la comunidad decente) y tanto yo como mis padres entre otros vecinos pensamos que eso puede llevar a que el día de mañana cuando haga falta dinero para realizar alguna reforma o algo en el edificio y alcance con el dinero ahorrado en la cartilla existan problema del tipo que un vecino en esos momento no disponga de dinero para afrontan esa reparación/obra.

En principio eso es todo, saludos y gracias por anticipado!

 
daigual
daigual
01/02/2011 11:36

El único cargo obligatorio, es el de presidente, lo demás es cosa vuestra como lo quieran llevar, pero siempre dentro de la legalidad y por mayoría.

 
S
Serander
31/01/2011 21:29

Hablo de Administrar/llevar el año de comunidad que le corresponde, me explico, se supone que hay un acuerdo en la escalera por el cual la administracion de la comunidad y el ser presidente de la misma se rota un año por vivienda, pero hay propietarios que estan mayores y ya no estan con animos de hacerlo, por ello queria saber si es legal el plantear una "prima" a pagar para los propietarios que no pueda hacerse cargo de su "año" de administracion ...

 
daigual
daigual
31/01/2011 20:30

1. Los cargos comunitarios deben ser aprobados en junta a tal efecto.

2. Habla de administrar o de ser presidente?

3. Todos los acuerdos se toman en junta y por mayoría.

 

Fin del hilo
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