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S
Serander
08/02/2011 13:07

Consulta despues de reunion

¿Es legal que la antigua presidenta de la comunidad no tenga recibos ni facturas de los últimos 5 años?

2.982 lecturas | 8 respuestas

Buenas gente, el viernes pasado se hizo una reunion en la comunidad de vecinos despues de 5 años de llevarlo la misma persona sin hacer reuniones periodicas, en definitiva se ha decidido que tome el relevo yo en la presidencia pero lo que mas me ha causado gracias son algunas cosas que han pasado en la reunion y que no se si son del todo legales o no.

Para empezar la hasta hace una semana presidenta al parecer no tiene recibos, facturas ni tickets de nada o casi nada de estos 5 años, y eso que alguna mejoras en el edificio se han hecho como pitan etc, yo como propietario aunque la mayoria no lo decida asi creo que tengo derecho a saber en que se ha gastado mi dinero no? vamos no se si es legalmente correcto lo que digo pero al menos lo veo coherente. Luego se ha decidido bajar la comunidad de 61€/4meses a 35€/4meses porque en la caja de la comunidad hay al parecer 6400€ y la gente consideraba que era mucho y que hay dinero de sobra para hacer frente a inprevistos (conste que no hay seguro de escalera), esta medida yo me opuse en la reunion pero por mayoria salio adelante, puedo hacer algo al respecto?

Tambien se hablo de hacer unos estatutos de comunidad dado que la vivienda es algo antigua (sobre unos 30 años) y no hay ningun estatuto no "norma" hecha al parecer, como y donde puedo informarme de como hacer esto ya que al ser presidente ahora teoricamente me corresponde a mi mover las cosas.

 

Sin mas Gracias de antemano y un saludo para toda la comunidad

 
I
Isagnm12
14/02/2011 15:26

Hola Serander,

Ya te han contestado a tus preguntas pero opino...

1. La Presidenta anterior debería tener justificantes de los gastos de comunidad. Si no es así, a ti como presidente te recomiendo que lo hagas pues siempre será mucho mejor poder justificar cualquier gasto ante cualquiera del resto de comuneros.

2. El bajar la cuota se puede acordar en Junta. No creo que haya problema pues tenéis dinero suficiente y, en caso de cualquier obra extraordinaria necesaria el presidente está facultado para girar una derrama.

3. En cuanto a los Estatutos, si no es para regular algo muy concreto, no creo que a día de hoy valga la pena. Con unas normas internas se pueden acotar aquellos acuerdos de la mayoría de propietarios.

En internet hay modelos, pero siempre te podemos echar una mano.

Un saludo,

 
daigual
daigual
14/02/2011 12:00

Pues eso que solo hay una diferencia y no tantas ya que el contenido depende de quien lo redacta y tendrías que ver algunos estatutos que he visto, hay de todo incluso normas para uso de servicios que tan extraño te parece.

Que la diferencia que existe es muy grande, no te digo que no, porque de tener que registrar o no un acuerdo, es algo costoso en tiempo y dinero y el resultado final no viene siendo muy distinto.

En resumen los que saben de esto, ni siquiera recomiendan la existencia de estatutos cuando no lo tienen y lo mismo la modificación. Aconsejan una normas que obligan en la misma medida a todos los que las aprueban salvando la unanimidad algo bastante utópico en régimen de comunidad. Es lo prácticosegún los que saben de estas materias.

 
NV75
NV75
14/02/2011 09:45

Hombre que haya dinero en la comunidad, es bueno en principio, da para pensar bien, si no hubiera un duro...

 

saludos

 
P
PEPE123
13/02/2011 23:37

Hombre, alguna diferencia si hay, sobre todo una, los Estatutos deben ser registrados en el Registro de la Propiedad, y para modificarlos hace falta unanimidad, en tanto el Reglamento de Régimen Interno se modifica por simple mayoría.

A nadie se le ocurre poner en los Estatutos, por ejemplo, el periodo y horarios de piscina, o las normas de reserva y uso de las pistas deportivas, etc.

Por eso decía que son muy distintos, en los Estatutos se regulan temas importantes, y que normalmente son "casi" para siempre, y en las normas los temas del día a día.

Evidentemente, se puede hacer lo que se quiera en unos y otros, pero la lógica nos dice lo que expongo arriba..

 
daigual
daigual
13/02/2011 14:39

No veo tan distinto los estatutos de las normas, al fín y al cabo son normas de obligado cumplimiento con la única diferencia que una obliga a terceros y la otra sólo a los que las aprueban. La importancia o el valor que se les quiera dar dependerá de los propios propietarios, ya que no hay limitaciones para ninguna excepto que se tienen que mantener dentro de la ley.

 
P
PEPE123
12/02/2011 18:31

Un matiz, creo que importante, los Estatutos no tienen nada que ver con el Reglamento de Rédimen Interno, son dos cosas muy distintas.

Los Estatutos se hacen para desarrollar más en detalle aspectos específicos de la LPH, y normalmente son temas importantes de la comunidad.

Mientras en el reglamento solo se regulan temas de funcionamiento de menor calado..

Es decir, que el reglamento no puede sustituir a los estatutos, cada uno de ellos tiene fines distintos.

 
daigual
daigual
09/02/2011 17:47

Efectivamente, cada año en la junta ordinaria, se deben presentar las cuentas y aprobar el presupuesto para el siguiente año, pero si nadie dice nada y el que tiene que hacerlo no lo hace, pues pasa lo que pasa.

Si se llega a algún acuerdo que interprete como perjudicial para sus intereses, y siempre que haya votado en contra o salvado el voto, puede impugnarlo en los tribunales y necesitará abogado y procurador para ello.

Hacer unos estatutos una vez constituida la comunidad es algo muy problemático y costos, porque se requiere unanimidad para ello. Los estatutos se deben hacer en relación a la comunidad en cuestión y dependerá de como quieran hacerlo. No es que haya modelos para esto, porque no todas las comunidades son iguales, pero si no encuentra ninguno en google, le puedo copiar los que tenemos en nuestra comunidad.

Lo más sensato es redactar una normas de régimen interior que salen adelante con la mayoría de asistentes a la junta y no necesitan ser registradas, obligando a todos los propietarios que figuran en ese período firmado.

 
S
Serander
09/02/2011 17:36

Alguien puede decirme algo sobre mis dudas? graciasssss!

 

Fin del hilo
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