Me da la impresión de que en este caso sería necesaria la mayoría de 3/5, según dice el artículo 17 en el segundo párrafo del punto 1º, ya que parece que la rehabilitación se hace para alquilarlo, y si no se va a alquilar ésta no tendría sentido.
Este es el artículo citado, literalmente.
"El arrendamiento de elementos comunes que no tenga asignado un uso específico en el inmueble requerirá igualmente el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación, así como el consentimiento del propietario directamente afectado, si lo hubiere".
Yo lo plantearía así en la comunidad, ¿queremos alquilar ese piso común, teniendo en cuenta que tenemos que gastar X en rehabilitarlo? Necesaria la aprobación por 3/5 para el alquiler, no para la rehabilitación, pero ésta es consecuencia de aquella.