Volver al foro

comunidad de facto

¿Es legal el acuerdo de pago de cuotas de comunidad en un edificio sin comunidad legalmente constituida?

3.331 lecturas | 5 respuestas

hola a todos, a ver si alguien puede ayudarme.En el edificio donde tengo mi propiedad no existia comunidad legalmente constituida pues la gran parte de los propietarios eramos familia. enel edificio existen 2 terceros , 2 segundos y un primero que tambien tiene dos puertas como si fueran dos viviendas aunque es una sola.De este piso es de donde vienen todos los problemas, en su dia cuando aun no estaba constituida la comunidad legalmente, que ahora si lo esta, desde el año 2005, se acordo por los propietarios el pago de una cuota de comunidad igual para todos menos para el primero que pagaria el doble.Durante mas de 10 años la cuota de la comunidad del primero la pagaba su inquilina y no hubo problemas, hace un año la inquilina se fue y la cuota la paga el propietario. Su peticion es que el no tiene que pagar el doble sino por los metros cuadrados que posee.por si fuera de interes paga 2 contribuciones. mi pregunta es si el acuerdo alcanzado seria legal o no y si su reclamacion tiene fundamento y si abria que aprobarlo en junta de propietarios.muchas gracias y perdonar si me he extendido

 

Sólo es mi opinión, así que decide cuando tengas claro que quieres hacer y sobre todo si lo necesitas, no dudes en acudir a un buen profesional.

 

muchas gracias por tu aclaracion

 

Para que se aplique la ley de propiedad horizontal, no ha de constituirse legalmente ésta, simplemente tienen que existir las condiciones que hacen posible esto. 

En cuanto a acuerdos, aún siendo de palabra, obligan a los que lo toman y por lógica para deshacerlo haría falta que volvieran a reunirse y acordar otra cosa distinta a la acordada.

Si no tienen constituida comunidad, lo primero sería dar ese paso, porque problemas, pueden tener cientos y sería mejor partir de una buena base para exigir los derechos u obligaciones.

 

gracias por tu respuesta pero mi pregunta es si un acuer do obtenido sin una comunidad constituida legalmente, aunque a esta reunion asistieran todos los proìetarios,tiene algunvalor legal y si es asi si para cambiarlo se deberia votar en asamblea, y si tendria que ser por unanimidad. muchas gracias daigual.

 

La cuota para gastos generales se aplica según coeficiente asignado en escrituras, así que eso es lo que tienen que mirar. Para variar este concepto se requiere la unanimidad.

 

Fin del hilo
Mensajes Relacionados
© 2002-2025 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal y Política de Privacidad  |  Política de cookies  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento