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A
abegome
09/05/2011 06:19

instalacion de un ascensor

¿Puede un propietario impugnar la decisión de eximir a los bajos del pago del ascensor en una comunidad?

4.824 lecturas | 7 respuestas

hola os pido ayuda pues tengo un buen marron como presidente de la comunidad .En la escritura de division horizontalhay unas normas para la comunidad, una de las cuales dice los locales comerciles quedaran exentos de pagar los gastos de escaleras , ascensor, luz y limpieza, siendo estos pagados por los pisos altos de edificio.En relación a este punto en una junta de la comunidad se aprobó por unanimidad de los asistentes que los bajos quedaran exentos de el pago en la instalación y mantenimiento del ascensor.un propietario el cual botó que si, ahora dice que que no esta clara la escritura de D.H., mi pregunta es si despues de lo que dice esta y lo que hemos ratiificado en la junta,¿Este hombre tiene alguna base para impugnar esta decisión? Muchas gracias

 
M
MACADI
10/05/2011 11:48

A mi entender, si ya está escrito en las escrituras o en los estatutos no hace falta que la junta de propietarios se pronuncie sobre ello a no ser que quiera modificarlo, y para modificar las escrituras/estatutos suele necesitarse unanimidad.

 

 

 
T
tercero-d
10/05/2011 08:49

Hola abegome,

la instalación de ascensores en una comunidad de propietarios suele ser un tema bastante conflictivo y en el que influyen distintas circunstancias. Te dejo los siguientes enlaces, todos del mismo blog donde podrás encontrar otras entradas también relacionadas con la instalación de ascensores en las comunidades. 

Saludos.

La instalación de ascensores 'ex novo' obliga a contribuir a todos los propietarios

La exoneración genérica de gastos de ascensor incluye los ordinarios y los extraordinarios

Instalación de ascensor y servidumbre de patio de luces de uso privativo

Exonerar de los gastos de instalación de ascensor requiere unanimidad, no 3/5

La instalación de ascensor solo requiere mayoría simple al haber minusválidos

Exoneración de gastos de portería y escalera e instalación de ascensor

 
daigual
daigual
09/05/2011 20:50

Para eximir a unos propietarios el acuerdo debe ser unánime porque afecta al modo de contribuir a los gastos generales y lo que unos dejan de pagar lo deben pagar otros, algo no recogido en la ley.

 
A
abegome
09/05/2011 14:34

perdona quiero decir que se acordó que los locales comerciales quedaran escluidos. los locales comerciales no tienen acceso por el mismo portal, tienen entradas independientes.

 
daigual
daigual
09/05/2011 12:06

... en cuanto a que esten libres de todo pago, no estoy de acuerdo, si bien dicen que hay una normal al respecto, esta norma debe abarcar a lo especificado, pero no debe llegar al pago de instalación de un nuevo servicio. Esto beneficia a todos y por tanto deben contribuir todos.

La norma que comenta debe ser estatutaria y estar debidamente registrada, de lo contrario no abarca a los propietarios que puedan llegar nuevos y es probable que éstos exijan sus derechos al respecto.

 
daigual
daigual
09/05/2011 12:03

Coincido en que la impugnación está fuera de lugar si ha asistido y votado a favor en junta.

 
M
MACADI
09/05/2011 10:42

Para Impugnar un acuerdo hay que votar en cotra o no asistir a la junta.

Si como dices votó que sí, como va a impugnar un acuerdo al que voto que sí.

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Por lo que comentas, supongo que en los estatutos de la comunidad está escrito que los locales comerciales están exentos de los pagos de escalera y tb. está escrito que esos pagos los harán los pisos altos del edificio. 

Me parece que la expresión  "pisos altos" no es muy precisa.

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¿en junta se aprueba que los propietarios de los bajos (pisos en planta baja) dentro del portal no paguen por ejemplo luz del portal, limpieza de portal? o cuando dices bajos te refieres a los locales comerciales

 

Fin del hilo
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