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A
anvelfer1
11/05/2011 10:13

Administrador firma

¿Puedo anular la firma del administrador en la cuenta de la playa?

3.470 lecturas | 4 respuestas

Tenemos un administrador en la playa, y cuenta en una caja de la misma.La cuenta se puede disponer indistintamente tanto el presidente, como el administrador.

Dado que el administrador no me viene mandando información de diversas partidas, puedo como representante de la Comunidad, anular de momento en la Caja de Ahorros, la firma del administrador.

Por favor no me indiqueis que debemos tener firmas mancomunadas, ya que no puede ser, tema ya ampliamente comentado.

 

Muy agradecido,

 

 

 
BGAsociados
BGAsociados
12/08/2013 09:43

Buenos días,

 

Como ya le han indicado, tiene que estar acordado en junta retirar la firma de la cuenta al administrador, ya que el presidente es representante de la comunidad de vecinos, y nunca puede actuar a su antojo. En el banco podrán y deberán pedirle dicho acta, firmado por usted.

Es muy importante que dicho acta refleje fielmente lo sucedido en la junta, en caso contrario se estaría llevando a cabo un delito de falsedad documental y podría usted ser denunciado por cualquiera de sus vecinos o incluso por el administrador como un miembro más de la junta de gobierno que es.

 

Espero haberle ayudado. Saludos,

BG & Asociados
Administradores de Fincas en Madrid
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B
Bombero1
12/08/2013 08:15

De acuerdo con la Ley el representante de la comunidad ante terceros, en juicio y fuera de él, es el Presidente.

Por tanto, el único apoderado de la Comunidad es el Presidente. Y es el único que debería tener firma en los bancos.

Ni siquiera la Junta de Propietarios podría dar poderes a otra persona, ya que por ley, los nombramientos que la Junta haga, no pueden menoscabar las labores de representación ante terceros del Presidente.

Ahora bien, a pesar de ello, es muy normal que tanto administrador como vocales o vicepresidentes tengan firma en la cuenta del Banco, lo que es un grave error, porque si dos de ellos quieren "puentear" al presidente, podrían hacerlo.

 

Saludos

 
daigual
daigual
11/05/2011 14:41

Para anular o dar de alta alguna firma en una cuenta comunitaria, es preciso la aprobación de tal acuerdo en junta por la mayoría de los asistentes.

Entiendo que la información que requiere debe ser entregada por parte del banco y no por el administrador, ¿la ha solicitado usted?

 

La firma mancomunada es algo que existe, así que no lo entiendo, pero bueno tiene que tener claro que es algo muy normal y aconsejable en estas situaciones por lo que deberían de cambiar de entidad llegado el caso.

 
M
MACADI
11/05/2011 11:38

En el banco deben de exigirte el acta de la junta de propietarios en la que se aprueba ese asunto.

El administrador tiene que facilitarte la información que necesites para realizar las comprobaciones que consideres.

Por otro lado comentarte que en mi comunidad el administrador no tiene firma en la cuenta, no la necesita para nada.

 

 

 

Fin del hilo
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