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fjtomca
15/05/2011 14:19

Duda sobre gastos de la comunidad

¿Es legal emplear dinero de la comunidad en bienes privados de cada vecino?

7.374 lecturas | 12 respuestas

Buenas tardes ante  todo, vivo en una comunidad de viviendas adosadas  donde el presidente considera que está autorizado a tomar las decisiones que desea al margen de la junta. Ahora se le ha ocurrido que puesto que este año ha pagado un vecino moroso y sobra dinero en la comunidad, se destine ese dinero de la comunidad a pintar las puertas metálicas, que no son elementos comunes sino privados de cada vivienda. Además resulta que unos pocos vecinos, entre ellos yo, ya las hemos pintado nosotros mismos ante el efecto del sol, respetando el color anterior.

En caso de que el presidente convenciese a la mayoría de los vecinos en la Junta, ¿es legal emplear dinero de la comunidad en bienes privados de cada vecino? ¿No sería más correcto repartir esos beneficios y qué cada vecino pinte, respetando el color decidido en la comunidad (como pasa con los toldos)?

En caso de que se pudiera aprobar por la mayoría utilizar dinero comun en bienes privados, ¿Cómo podría defender yo mis intereses si no me interesa pintar mi puerta?

Gracias de antemano, saludos smiley

 
daigual
daigual
17/05/2011 22:05

No coincidimos, es evidente. Dices que son adosados, pero eso puede no afectar a mi punto de vista, por lo que tendrás que ver las escrituras para tener claro que es como dices.

La Comunidad puede ser de un edificio en altura o de viviendas en horizontal, la mia es en horizontal y las puertas de entrada a la vivienda son comunes de puertas para afuera y privadas de puerta para adentro.

El hecho de que haya respetado el color ya indica algo, o no?

Cuando se repara o mantiene algo común, todo debe estar más o menos en las mismas condiciones y es de lógica que si pintan todas las cancelas menos una, cuando le toque pintar a esta, debe salir del mismo fondo que salio el resto.

Es como lo veo y a falta de datos, creo que debe ser así.

 
F
fjtomca
17/05/2011 21:03

Buenas, daigual se nota que sabes de lo que hablas en el tema de las comunidades, pero hay algo en tu argumento que no me convence. Se trata de que te refieres a "Edificio". No es un edificio, son casas unifamiliares adosadas en las cuales lo único que es comunitario es la piscina de la zona central. De hecho antes vivía en otras casa unifamiliar adosada, con patio interior individual y puesto que no había zonas comunes, no teníamos constituida comunidad.

Comparto contigo que será necesario mantener la misma estética en las fachadas, pero yo he pintado exactamente con el mismo color del que tenía inicialmente. Se ve exactamente igual, salvo que no está oxidada.

Supón por un momento que hay un vecino que tiene la cancela perfecta, sin haberla pintado. Sería ilógico y un fraude a los fondos de la comunidad que el resto pintara su cancela con el dinero de la comunidad.  Observa la cancela de entrada de estas casas. Es totalmente privada y su mantenimiento, en mi opinión, ha de ser con dinero del propietario y no de la comunidad.

 

Saludos


Editado por fjtomca 17/05/2011 21:13


Editado por fjtomca 17/05/2011 21:14
 
daigual
daigual
17/05/2011 18:06


Las cosas comunes deben ser mantenidas y arregladas por la comunidad, por lo que si de forma particular decides hacer algo, tienes que tener claro que lo haces bajo tu responsabilidad.

 
daigual
daigual
17/05/2011 18:05

En comunidad, las cosas no se deben hacer de forma individual, hay que contar con la mayoría para que no tengas problemas y decidir por tu cuenta cuando pintas la ventana o la puerta no es buena idea, salvo que sea lago necesario y así lo puedas demostrar.

 
R
ramon_gonzalez
17/05/2011 12:58

Estoy de acuerdo en lo que dices daigual, me refería al caso en que se respetara el color anterior y no se decidiera cambiarlo en Junta. En ese caso, supongo que es un mantenimiento, que la Comunidad se podría ahorrar para la puerta de fjtomca, ya que está ya realizado, y éste supongo que podría esperar que le descontaran la parte proporcional en el siguiente recibo, al haber realizado su parte de mantenimiento por separado.

Ciertamente, si se decide cambiar el color a uno distinto, no tendrá más remedio.

 
daigual
daigual
16/05/2011 14:23

... de puertas hacia adentro de la vivienda casi cualquier cosa, de puerta para afuera hay que contar con el resto de la junta para no perder uniformidad, algo que la ley tiene establecido.

 
daigual
daigual
16/05/2011 14:22

ramon_gonzalez dijo:

Salvo que otro forero con más experiencia me contradiga, el artículo 5 de la LPH indica que debes "e) Contribuir, con arreglo a la cuota de participación fijada en el título o a lo especialmente establecido, a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización."

Entiendo que el mantenimiento y pintura de las puertas es susceptible de individualización, ya que de hecho ya lo has realizado de forma individual. Por lo tanto, incluso en caso de que se pudiera hacer o se hiciera aunque no fuera legal, opino que siempre podría acogerse a ese artículo para que se le descontara la parte proporcional a ese gasto que le correspondería en la siguiente cuota comunitaria.

 

 

No comparto la opinión puesto que afecta a la estética del edificio y dado que tiene que mantenerla es obvio que lo que afecte a este elemento deba ser tratado en junta y no puede quedar al libre albedrío de cada propietario. Sería distinto si se trata en junta y la mayoría decide hacerlo por su cuenta y riesgo. El cambio de tono, aunque sea pequeño, puede hacer de la fachada un "colage" multicolor que haga perder valor al conjun to del edificio.

 
R
ramon_gonzalez
16/05/2011 11:11

Salvo que otro forero con más experiencia me contradiga, el artículo 5 de la LPH indica que debes "e) Contribuir, con arreglo a la cuota de participación fijada en el título o a lo especialmente establecido, a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización."

Entiendo que el mantenimiento y pintura de las puertas es susceptible de individualización, ya que de hecho ya lo has realizado de forma individual. Por lo tanto, incluso en caso de que se pudiera hacer o se hiciera aunque no fuera legal, opino que siempre podría acogerse a ese artículo para que se le descontara la parte proporcional a ese gasto que le correspondería en la siguiente cuota comunitaria.

 
F
fjtomca
15/05/2011 22:16

Muchas gracias por tu interes,yes

 
daigual
daigual
15/05/2011 21:50

Para lo que comentas y tal como lo comentas, no es legal hacerlo, pero en este caso, quizás han pecado ustedes al pintar esas rejas sin consultar con la comunidad, porque según veo es parte de la fachada del edificio, y la estética tiene que conservarse en estos elementos por lo que lo más recomendable es que se haga cargo la comunidad, salvo que decidan otra cosa en junta y por unanimidad.

 
F
fjtomca
15/05/2011 16:29

gracias por contestar, se trata de viviendas unifamiliares adosadas, donde para acceder a la cochera individual y a las escaleras que dan acceso a la vivienda, cada casa tiene una cancela de hierro. Son estas cancelas de hierro la que quiere pintar y que pertenecen de forma privada a cada casa.

Lo del color lo he mencionado ya que es el argumento al que alude el presidente. "Que todos tengamos las cancelas pintadas del mismo color". pero me parece adsurdo pues con voluntad todos podemos decidir utilizar la misma tonalidad.

Pero la esencia de la cuestión es si se puede utilizar un dinero que pertenece a la comunidad en elemento privativos de cada vivienda?

Este tema me recuerda al hecho de que una persona propietaria de la mayoría de las acciones de una empresa con forma jurídica de sociedad anónima pueda emplear dinero de la empresa en pagarse unas arreglitos en casa. Creo que eso se llama descapitalizar la empresa.

gracias...

 
daigual
daigual
15/05/2011 15:14

Algo no me cuadra en todo esto, y es que si es privado , lo de respetar el color no me convence. Realmente estas puertas que son?

Por supuesto el presidente no es quien para tomar decisiones a su antojo, y sólo podría actuar por su cuenta cuando se trate de algo urgente o peligroso para todos.

Para pintado de elementos comunes es suficiente la mayoría de asistentes y coeficientes y obliga a todos, salvo que no sea necesario pintar y se considere como lujo sobrepasando la cantidad de tres cuotas mensuales.

 

Fin del hilo
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