Somos un edificio con 5 bloques independientes y una planta sótano común a los 5 bloques donde se encuentran los trasteros y plazas de aparcamiento. Aunque cada bloque tiene su CIF, en las escrituras de obra nueva está registrado el edificio entero, es decir, en ella se describen los locales, las plazas de aparcamiento libres, y las viviendas con su plaza y trastero correspondiente, así como una pequeña zona común en la parte de atrás del edificio.
La duda es la siguiente, si cada uno de los 5 bloques tiene su CIF y contratado los servicios correspondientes (luz portal y teléfono del ascensor) de forma independiente al resto y cada uno con su contrato, si alguno de los bloques dejara de pagar, ¿podrían reclamarle al resto la deuda ya que en el registro de la propiedad estamos como un único edificio?
Poniendo el ejemplo de una vivienda, es decir, si dejamos de pagar la luz de mi piso y aunque el contrato con la compañía está a nombre de mi novio, de llegar a juicio y demás, entiendo que nos reclamarían la deuda tanto a mi novio como a mi porque somos los que aparecemos en la escritura de compraventa del piso, pero al tratarse de la deuda de un bloque y al no existir persona física dueña del mismo, ¿reclamarían la deuda del mismo al resto de los bloques porque estamos registrado como "un todo"? Aclarar que cuando en las escrituras se describen las distintas viviendas, aparece el bloque al que pertenece, no se si esto es relevante.