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P
pelotudo
20/09/2011 11:33

cerramiento terrazas

¿Para el cerramiento de una terraza es necesario unanimidad?

14.999 lecturas | 13 respuestas

buenos dias a todos: Solicito vuestra ayuda porque quería preguntar si para un cerramiento en terraza (de cualquier tipo) hace falta unanimidad de todos los vecinos, tenemos un vecino que ha propuesto un cerramiento de cristal (creo que se llama cortina de cristal o algo así) y no le dejan porque no hay unanimidad total de todos, hay mayoría. La vecina de arriba se queja de que si pone un techo de cristal pueden subir a su terraza con más facilidad para robar. Muchas gracias anticipadas.

saludos

 
P
patryhiguer
25/03/2016 07:58
Buenos diaa. Tengo permiso de la comunidad para el cerramiento de la terraza en mi atuco. Esta en acta y presentado en el registro sellado. Aun asi un vecino envidioso me ha denunciado. Me ha venido una sancion d 3mil € y una carta con orden de derribo. Mi pregunta es ¿puedo pedir daños y perjuicios a la comunidad por ser un vecino el denunciante?
 
N
nanfemo
09/03/2016 22:44

Ya que ha salido el tema de los estatutos de la comunidad, me gustaría saber si, en el caso que este aspecto no estuviera contemplado, se podría aprobar por la comunidad con mayoría? Y si fuera con mayoría se tendría que incorporar en los estatutos o con que conste en acta hay suficiente? 

Gracias!

 
R
rutenio
09/03/2016 11:11

el hecho de que una fachada ya haya sido alterada no impide que la comunidad de propieatrios pueda prohibir un cerramiento a pesar de que haya habido otros anteriores, entendiendo que a partir de ese momento cualquier nuevo cerrameitno quedará prohibido ( o sí se autoriza con un modelo concreto, que todo cerramiento en el futuro deberá ser el acordado por la comunidad). Si los anteriores se han hecho sin autorización ni oposición de la comunidad, es irrelevante. Puede parecer injusto, pero es así. La alteración de la fachada requiere unanimidad.

 
F
Fixin
02/03/2016 15:45

El cerramiento de balcones y terrazas no precisa de la unanimidad desde la última reforma de junio de 2013.

Basta la aprobación en junta por mayoría de 3/5. Art. 10.3 b) LPH

 
fincasmistral
fincasmistral
01/03/2016 19:15

Hola buenas tardes. 

En cuanto al cerramiento de balcones y terrazas, primero de todo, debes consultar los estatutos de la Comunidad de Propietarios puesto que si en los mismos están expresamente autorizados sería completamente legal.

Si en los estatutos no están autorizados, lo debería aprobar por Unanimidad la Junta de Propietarios.

Es necesaria la Unanimidad pues se está modificando la configuración de la finca y por tanto se modifica lo que establece la escritura de Propiedad Horizontal.

Por tanto, es legal siempre que se haya aprobado con la autorización por unanimidad de la Comunidad.

También se considera que es legal si la obra, aunque no tenga el consentimiento unánimie,tiene carácter desmontable.

Sería ilegal si la obra no es desmontable y no se tuviera el permiso unánime de la Junta.La consecuencia en este caso es que el propietario estaría obligado a restaurar la terraza o el balcón al estado inicial.

Hay que puntualizar que si pasa un largo periodo de tiempo sin que la Comunidad se oponga al cerramiento, los tribunales pueden admitir el consentimiento tácito del mismo. Se suele considerar un “largo periodo” un espacio superior a cinco años. En tu caso sería conveniente que averiguaras cuánto tiempo hace que se efectuaron los cerramientos para saber si ya están dentro del consentimiento tácito.

Si en el edificio ya se han efectuado varios cerramientos entonces no se podrían prohibir nuevos cerramientos alegando que alteran la configuración del edificio. Lo único que se podría exigir es que los nuevos cerramientos se adapten a la estética del resto.

Esperamos que su pregunta haya sido respondida favorablemente. 

FINCAS MISTRAL
Administración de Fincas de Confianza en Valencia
C/ BÉLGICA nº 2, pta 2 – C.P. 46021 – VALENCIA
Tef: 96 096 89 61 email: fincasmistral@gmail.com
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Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 
fincasmistral
fincasmistral
01/03/2016 19:09

Hola buenas tardes. 

En cuanto al cerramiento de balcones y terrazas, primero de todo, debes consultar los estatutos de la Comunidad de Propietarios puesto que si en los mismos están expresamente autorizados sería completamente legal.

Si en los estatutos no están autorizados, lo debería aprobar por Unanimidad la Junta de Propietarios.

Es necesaria la Unanimidad pues se está modificando la configuración de la finca y por tanto se modifica lo que establece la escritura de Propiedad Horizontal.

Por tanto, es legal siempre que se haya aprobado con la autorización por unanimidad de la Comunidad.

También se considera que es legal si la obra, aunque no tenga el consentimiento unánimie,tiene carácter desmontable.

Sería ilegal si la obra no es desmontable y no se tuviera el permiso unánime de la Junta.La consecuencia en este caso es que el propietario estaría obligado a restaurar la terraza o el balcón al estado inicial.

Hay que puntualizar que si pasa un largo periodo de tiempo sin que la Comunidad se oponga al cerramiento, los tribunales pueden admitir el consentimiento tácito del mismo. Se suele considerar un “largo periodo” un espacio superior a cinco años. En tu caso sería conveniente que averiguaras cuánto tiempo hace que se efectuaron los cerramientos para saber si ya están dentro del consentimiento tácito.

Si en el edificio ya se han efectuado varios cerramientos entonces no se podrían prohibir nuevos cerramientos alegando que alteran la configuración del edificio. Lo único que se podría exigir es que los nuevos cerramientos se adapten a la estética del resto.

Esperamos que su pregunta haya sido respondida favorablemente. 

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C
carmenana2
27/02/2016 20:08

Buenas tardes, compre un piso en Madrid capital, en 1996, en un edificio construido en 1982,que presentaba unas terrazas cerradas y otras no. El piso que yo compre tenia la terraza cerrada desde 1984 según me dijeron los herederos del propietario que me lo vendieron. Los cerramientos son en bronce, como las dobles ventanas. Ahora ha habido un conflicto con un nuevo propietario que queria cerrar su terraza en aluminoo  blanco por ser mas barato, y ha acudido al ayuntamiento, que ha mandado un tecnico y nos ha dicho que los toldos, aires acondicianados ,y cerramientos. Todos los cerramientos antiguos fueron comunicados y aceptados por la comunidad en su dia.

A mi me afecta unicamente el cerramiento de mi terraza, que ya estaba al comprar el piso.

¿No Existia un tiempo a partir del cual, ya no podia efectuar el ayuntamiento reclamacion ni mulkta alguna, si no incumple ninguna norma urbanistica??

 

 
P
pelotudo
27/09/2011 12:48

hola pasacero: efectivamente se aprobó por mayoría (no por unidanimidad) el poner una pérgona en las terrazas del los bajos o donde se quisiera.

 
J
Jokins
26/09/2011 18:45

Yo a ti sí te entiendo y entiendo que no sabes ni de lo que estás hablando.

Claro que somos de mundos diferentes, yo soy de un mundo donde adquieres unos conocimientos teóricos y los ayudas con la prácticas y ayudas a la gente que puedes con ellos, tú de un mundo de ignorancia que intenta amedrentar a la gente dando respuestas incorrecta.

 
J
Jokins
26/09/2011 17:19

Que la fachada esté alterada no significa que pueda la comunidad no se pueda negar, salvo que alquien hubiera obtenido el mismo permiso para lo que él pide (para lo mismo, no para otras) y se lo hubieran dado, pues se aplicaría la doctrina de los actos propios.

Para más INRI, vas y escribes esto:

" Que fundamento jurídico le vamos a dar para no consentírselo."

Es que no sabes ni de lo que estás hablando, no hay que dar ningún tipo de "fundamento jurídico"

Creo que a veces escribes cosas por escribirlas sin saber ni el sentido de lo que estás escribiendo.

 
J
Jokins
26/09/2011 12:06

"Hay otras alteraciones en la finca que aunque requieren unanimidad, están consentidas sin ella? Si así sería, al vecino del cerramiento no se le puede impedir. Al no ser que todo volvería a su situación original."

Vaya respuesta más absurda.

Nada tiene que ver que hayan hecho cosas sin pedir permiso, de verdad, te luces cada vez más en las respuesta

 
P
pelotudo
20/09/2011 12:15

muchisimas gracias por la contestación, es lo que nos parecía.

saludos

 
J
jacoba
20/09/2011 12:03

Efectivamente, se necesita unanimidad, dado que se tocan elementos comunes. Tengan presente que si llega a realizar el cerramiento, la vecina puede denunciar a la comunidad

 

Fin del hilo
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