buenas, mi vecino de arriba alquila el piso por habitaciones como un establecimiento apartamento turistico - piso compartido, anunciado por internet, el problema como suele ser habitual es los constantes ruidos nocturnos, da igual que subas a llamarles la atencion porque a la semana siguiente o mes siguientes vienen otros inquilinos distintos y vuelta a empezar. Es gente que viene de ocio y claro llevan un ritmo de vida distinto al resto de vecinos y en particular que los tengo arriba me despiertan a todas horas con continuas entradas y salidas y estando en el piso a las 12, 1, 2 ... de la madrugada como si fuesen las 9 de la noche, vamos como un hotel. Estamos en sevilla ¿tiene derecho el propietario a tener ese tipo de establecimiento, creo que debe aprobarse en comunidad pero no encuentro la normativa al respecto? gracias