Ordenanza Municipal sobre Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones (para madrid capital)
"Artículo. 30 . Edificios sujetos a inspección Los propietarios de edificios y construcciones obligados deberán efectuar la primera inspección técnica de edificios dentro del año siguiente a aquel en el que cumplan treinta años desde la fecha de la terminación total de su construcción u obras de reestructuración total."
Si tu edificio es de 1968, deberias haberla pasado en el 2000. Aunque sucedió que no tuvieron tiempo de crear el departamento técnico de ITE y se retrasaron hasta el 2002.
Te dejo la página del ayuntamiento donde consultar si tu edificio tiene que pasar la ITE:
http://www-1.munimadrid.es/GITE_FICH/SGiteCons