Los estatutos no son obligatorios, así que donde tienes que buscar es en el título constitutivo o escrituras de obra nueva y división horizontal. La situación normal es que todos los propietarios contribuyan en base al coeficiente asignado en escrituras para todos los gastos generales, pero siempre puede haber excepciones, excepciones que han debido ser aprobadas por unanimidad de lo contrario se podrían impugnar.
La mejor opción es preguntar a su administrador, pero si no se fía de él entonces opte por el registro y las escrituras, aunque tendrá que abonar las tasas correspondientes.
Editado por vecinadelprimero 16/10/2011 13:15