Pues lo único que se me ocurre es en lugar de denunciar, yo demandaría por lo civil en el Juzgado de Instancia del partido judicial donde se encuentra la finca contra la “herencia yacente del difunto”.
De esta forma, si existieran herederos, estos no podrían vender ni disponer de los bienes del difunto (en teoría) al inscribirse en el registro de la propiedad esa situación. Luego supongo que el Juez designaría un administrador (si no lo hizo el fallecido en testamento) para la custodia y gestión de los bienes.
Ahora bien, si los herederos no han aceptado la herencia, es más complicado. Creo que si la repudian no hay mucho que hacer y no podrá cobrarle a los herederos. Si renuncian a la herencia no sé si están o no obligados al pago. Lo desconozco.
Editado por Asoin 26/05/2017 12:32