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P
pedropsecador
19/03/2012 14:58

Devolucion de couota por asistencia a junta

¿Es legal que no me devuelvan el importe económico por no asistir a una reunión en una comunidad de propietarios?

1.824 lecturas | 8 respuestas

Hola en una comunidad donde soy propietario de un piso, tienen por norma desde hace varios años, la devolucion de un importe economico, en este caso 50 euros por asistir o delegar en otra persona. No pude asistir a la ultima reunion y no me devuelven el dinero, esto es legal, que pasos debo seguir. Gracias y un saludo.

 
J
jacoba
25/03/2012 15:08

jolubel; es mas correcto decir: haber impugnado hace años, o tal vez no haber votado si

Muchas veces se vota y no se preeve las futuras consecuencias

 
J
jolubel
25/03/2012 12:06

¿Dónde dice la LPH que no se puede hacer? ¿acaso la administración no es un gasto? ¿para su justificación no basta la misma acta que con la firma del secretario y del presidente da fe de su asistencia?

Y si no es conforme a la Ley, ¿no puede ser impugnado ese acuerdo ante los jueces?

Personalmente, creo que para evitar los desfases del presupuesto se podría asignar una cantidad para esa partida y, como la intención es motivar la asistencia y la participación, si se consigue una participación superior al X % (por ejemplo, el 60%) pues no hay reparto.

A grandes males, grandes remedios.

Por cierto, pedropsecador, si está aprobado y no asistes, no podrás cobrar nada. Si no estás de acuerdo, impugna el acuerdo.

 
M
MACADI
20/03/2012 09:32

Su comunidad hace lo mismo que las buenas empresas hace años.

La única diferencia es que en la Ley de la Propiedad Horizontal está escrito que las cuotas de la comunidad, son para conservación y  mantenimiento de servicios que no se puedan individualizar.

En ningún caso son para que se lo repartan algunos vecinos (el motivo da igual).

Si sólo asiste uno o dos propietarios, son ellos los que votan y toman las decisiones, se entiende que a los demás no les interesan los asuntos del orden del día, o delegan en los presentes, y  en caso de que no estén de acuerdo con lo acordado siempre tienen derecho a impugnar.  

 
J
jacoba
19/03/2012 19:31

con toda la razon que lleve pasacero , yo le pregunto a pedropsecador, si hace años que se aprobo y usted estubo de acuerdo que se abonase el asistir a las juntas, carece de toda lógica que usted ahora se queje de que no le abonen si no va, siendo esto lo acordado,

La verdad no comprendo en absoluto su queja

 
P
pedropsecador
19/03/2012 18:42

por no asistir, pero creo que esa obligatoriedad no se puede imponer. 

 
J
jacoba
19/03/2012 16:51

le pregunto que porque no quieren darle lo pactado?

 
P
pedropsecador
19/03/2012 15:26

En la asistencia a junta, ya que hace años no acudia nadie. Gracias.

 
J
jacoba
19/03/2012 15:07

Desde luego he visto cosas e interesantes, pero esta va mucho más allá

en que se acojen para no devolverselo?

 

Fin del hilo
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