Buenas noches. Me gustaría saber, si el Presidente tiene la potestad de cambiar el orden del día y en su caso, si ve que algún punto que en esa junta no sea necesario, quitarlo. Gracias y un saludo.
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El presidente si ha convocado el la junta puede cambiar el orden del dia, si los puntos a tratar los ha propuesto él.En caso de que se trate de un punto que algun/os vecinos le hubiesen pedido incluir un punto en el orden del dia puede retir el punto si asi se lo solicitan los vecinos que lo propusieron. Todo esto debe hacerlo con la antelacion necesaria antes de la junta y siempre que tal cambio se haya puesto en conocimiento de todos los propietarios. Una vez se este en junta el orden del dia se debe tratar tal y como este presentado en la convocatoria. Pongamos por caso que varios vecinos habian pedido que se tratase el tema de la cerradura del portal abre mal y que el dia de la reunion ese problema este solventado. En ese caso el tema se tratara simplemente comentando la solucion que se dio al asunto para que conste en el acta.
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