a ver si te sé explicar mejor......para poder aprobar algo en la Junta, el tema a ser aprobado tiene que figurar en el orden del día de la convocatoria, no se puede VOTAR un tema que no haya sido incluido como punto a tratar en la convocatoria (se pueden comentar otros temas pero no se puede hacer votación sobre un tema del cual no estaban informados de antemano todos los vecinos mediante la convocatoria), como la convocatoria en vuestro caso la hará el presidente, el administrador no tiene nada que objetar a lo que se va a incluir como tema a tratar....
una vez en la reunión se habla el tema, y se pasa a la votación, hay que dejar claro qué es lo que se vota, es decir, no vale decir, "bueno vecinos, que opinais".....hay que dejar claro en qué sentido se votará....por ejemplo: votamos por cesar al administrador actual, votos a favor?....o de lo contrario , votamos por mantener al administrador actual, votos a favor?......de esta forma quedará claro a la gente a favor de qué estan votando, pues sino la gente dirá "dije que no porque pensé que era en contra de esto o lo otro y no entendí bien"....dejar claro qué estais votando para cada acuerdo....es decir, como si fuera un objeto "votamos por comprar la puerta", o "votamos por NO comprar la puerta"...te das cuenta, asi la gente sabe exactamente qué significa votar a favor.....
luego se pasa a la ronda de votos en contra (de la misma pregunta), y finalmente abstenciones (de nuevo, la misma pregunta)...en el acta deberá quedar reflejado qué se votó y los votos a favor y en contra y abstenciones en cada caso.......para algunos tipos de acuerdo, el votar en contra exime del pago por tanto se debe además reflejar en acta quien votó en contra, a decir verdad lo mejor es que se refleje siempre quien votó qué....incluidas las abstenciones, teniendo en cuenta siempre que solo pueden votar los que están al corriente de pago.......igualmente para impugnar hay que estar al corriente de pago, excepto determinados acuerdos que precisamente tienen que ver con temas monetarios.......
cuando dices, "una vez votado con un solo voto", no te entiendo muy bien, pues para aprobar un acuerdo tiene que ser por mayoría, es decir mayoría de votos a favor, únicamente se aprobaría con un solo voto si, de todos los asistentes solo hubiese un propietario con derecho a voto de entre los que asistieron, pongamos por caso que asisten 9, pero 8 son morosos, esos 8 pueden debatir y opinar, pero votar solo puede votar el que no es moroso, y como nadie más está presente que pudiera votar, pues si, en ESE caso sería aprobado si dicho propietario vota a favor de la propuesta.........si hay más propietarios con derecho a voto (es decir están al corriente de pagos) el resultado es entre lo que voten, si la mayoría vota a favor del acuerdo, queda aprobado, ahora que, si de todos los presentes solo uno tiene derecho a votar, pues entonces si, se aprobaría por un voto ya que no puede haber votos en contra......la verdad es que sería un caso muy poco habitual, pero posible si és.....
una vez votados los acuerdos hay que plasmarlos en el acta y distribuir el acta, respectar los plazos de impugnación (solo podrán impugnar, de nuevo, los que están al corriente), y pasados dichos plazos, el administrador tendrá que entregar toda la documentación comunitaria al presidente.......
salu2
Editado por alaell 09/07/2012 16:54