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VICAANA
09/07/2012 17:59

venta piso porteria

¿Qué tramites hay que seguir para vender un piso de portería?

26.874 lecturas | 8 respuestas

Buenas tardes, en la finca de mis padres se ha recibido una oferta de compra del piso de porteria ( deshabitado desde hace 20 años) Todos los vecinos que bajaron a la reunión aceptaron venderlo puesto que hacen falta reformas importantes en la finca y así se minorarian los costes. Que tramites hay que seguir.

Gracias

 
I
Itosi
23/02/2019 06:49

He dado una señal para un piso de comunidad de propietarios hace 3 meses, me dicen q ya está casi todo pues los 24 propietarios han entregado  su parte de escritura y están de acuerdo. Yo por mi parte fui al registro  de la propiedad y me dijeron q el pis o estaba inscrito bien. 

Q más hace falta después  de esto para firmar las escrituras? 

 
P
plixplax
25/08/2016 13:15

A cuanto puede ascender el coste?

 
V
VICAANA
17/07/2012 12:38

GRACIAS A TODOS, veo que el tema es más complicado de lo que me pensaba, ire al notario y al registro y luego os cuento

 

GRACIAS

 
E
eme71
16/07/2012 18:14

Agradezco la lectura de mi exposición, e insisto en que el proceso descrito es impecable y necesario para la segregación del bien común. Pero el problema surge a la hora de la transmisión de la propiedad, de la comunidad al particular. Cada participe en la finca, lo es a la vez del bien segregado, y por tanto, el registrador requerirá de cada uno la manifestación de su voluntad de venta, frente a fedatario publico, y no de forma colectiva a través de acta.

Solo si todos los titulares de la comunidad firman será posible la venta, y eso es irrenunciable, por tema de tracto sucesivo.

Hasta aquí tampoco parece imposible, el problema lo plantea la realidad, ya que en fincas antiguas y de mas de 10 o 15 vecinos, nos encontramos que la propiedad de las fincas es compleja, ya que aparecen herencias, hipotecas, separaciones, y conseguir que un matrimonio separado en el que vive uno de los dos en la finca, firmen los dos la escritura de compraventa de la portería, es complejo. o que en una herencia firmen todos los hermanos o herederos de los hermanos es complejo, e insisto en las hipotecas, ya que el banco deberá autorizar la venta de la portería puesto que el valor del bien hipotecado disminuye al verse reducido en la parte de elementos comunes que le corresponden.

Insisto en la mucha dificultad que entraña el proceso.

 
P
PEPE123
16/07/2012 13:13

Efectivamente no es sencillo (yo escribí que no era complicado).

Como bien dices, el problema es conseguir registrar el nuevo inmueble en el Registro de la Propiedad, con plena validez, a nombre del comprador.

Por eso yo aconsejaba que se hagan las gestiones con un notario, y que éste lo gestione a su vez con el registrador de la propiedad, de manera que sean ellos los que indiquen a la comunidad "como hacerlo exactamente", qué debe ponerse en la convocatoria, cómo debe redactarse el acuerdo en el acta, qué debe hacerse si no asisten el 100% a la junta (lo habitual), etc.etc.

 
E
eme71
16/07/2012 11:05

El proceso descrito por PEPE123 es muy acertado, aunque no comparto lo de sencillo, de hecho, yo lo catalogaría de imposible, el principal "problema" es el registrador, sobre todo tras la desafección de la cosa común, que es un proceso complejo pero viable.

 Las dificultades aparecen en el proceso de compraventa. Es probable que exija la firma de todos los titulares de la finca (cada titular de cada vivienda incluidos bajos y garajes) e incluso de los poseedores de derechos diferidos, bancos con hipotecas concedidas sobre las viviendas o avaladas con las mismas.

Mi recomendación es que antes de iniciar cualquier proceso hables con el registrador de tu zona.

 
P
PEPE123
09/07/2012 19:21

Todo esto, suponiendo que sea una parte común, que es lo normal.

Si fuera un inmueble independiente, con su coeficiente, etc, propiedad de la comunidad, todo sería muy sencillo, se vende, se declara el beneficio y punto.

 
P
PEPE123
09/07/2012 19:14

Varios pasos, que no son complicados, pero sí costosos:

1 .- Tenéis que aprobarlo por unanimidad, constando este tema como uno de los puntos del orden del día, enviar el acta a todos los propietarios, y esperar a que nadie impugne el acuerdo. Si ya habéis hecho esa junta, como parece, tenéis parte del recorrido hecho.

2 .- Tenéis que hacer la desafección de la cosa común, es decir, convertir un bien común en bien privado, lo que supone rehacer TODOS los coeficientes de gastos de todos los inmuebles que componen la comunidad, al aparecer un nuevo inmueble que antes no existía y, lógicamente, rehacer las escrituras y pasarlas por el Registro de la Propiedad y Catastro. Toda la comunidad es propietaria del nuevo bien.

3 .- Vender ese inmueble. El dinero os lo podéis repartir, por coeficiente, o destinarlo a fondos, para así pagar menos comunidad, etc, pero en cualquier caso, tenéis que declararlo en la próxima declaración de renta, por coeficiente.

Lo mejor es que los pasos 2 y 3 los hagáis de forma simultánea,  y yo os aconsejo que habléis con un notario, que os los gestione y que lo gestione también con el registrador, sobre todo para que la redacción del acta, etc. no plantee luego problemas en el Registro de la Propiedad.

 

Fin del hilo
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