Hola Rebote:
Tema muy bonito, he ignorado a veces su correcto tratamiento fiscal, en muchas comunidades. El tema de compensaciones económicas a una comunidad de propietarios, por parte de una empresa, en este caso de Mercadona, y según consulta realizada en Hacienda, es más compleja de lo que creemos.
1º) El administrador de la comunidad, está obligado a deducir de los recibos de la comunidad que paga cada propietario, la cantidad que le corresponda en el reparto. Lo normal es aplicar el coeficiente correspondiente a cada vecino. De esta manera el vecino en cuestión deja de pagar una cantidad, que en definitiva es lo que a él le ha pagado, en este caso Mercadona, ¡ojo! no la comunidad.
2º) El administrador de la comunidad, tiene la obligación fiscal de comunicar a Hacienda, el total de las cantidades recibidas por la comunidad de propietarios, detallando la cantidad recibida por cada propietario de la comunidad de vecino. Obligación fiscal referida solamente a este tipo de ingreso "anormal" comunitario.
3º) Es obvio que Mercadona, en su balance de situación anual final, antes de pagar el impuesto de sociedades a Hacienda, aparecerá una partida en la que figurará que a la comunidad de propietarios "XXX" le han pagado la cantidad de "YYY" de euros, en concepto de "lo que sea". Si esa partida no la incluyera Mercadona, figuraría como ganancia en esa empresa, lo que obviamente le supondría pagar más al fisco.
4º) Y aquí viene lo malo. Cada propietario en su declaración de la renta anual, tendrá que consignar como ingreso la cantidad que le haya correspondido en el reparto de ese dinero. Es decir, la obligación es de cada propietario, ya que las comunidades de propietarios, no tienen entidad jurídica propia, y en consecuencia, nunca tienen que declarar a Hacienda, y Hacienda siempre pone "el cazo" para llevarse lo que le corresponde fiscalmente por ley, y como Mercadona os ha dado un dinero, ellos (Hacienda) siempre quiere cobrar su parte.
Como advertencia final, también le diré que hay muchas comunidades (al 95%) que omiten e ignoran estos pasos legales ¿Que puede ocurrir? Que cualquier día de cualquier año, Hacienda reclame lo suyo, con los interese de mora correspondientes, y alguna sanción administrativa a cada propietario por no haber incluido el dichoso ingreso en su declaración de renta.
Mi consejo, es el de aclarar el tema en la próxima reunión.
Saludos,