Nuestra comunidad consta de un edificio con tres alturas, somos 13 vecinos y en la planta baja hay bajos comerciales. Tenemos dos situaciones sobre la que me gustaría asesoramiento.
Según la escritura de las viviendas "los bajos comerciales estarán exentos de contribuir a los gastos que se deriven por el uso y servicio del portal, zaguán, escalera y ascensor del edificio, cuyos servicios, por tanto, no podrán ser usados por dichos propietarios de locales comerciales". Sin embargo sus contadores de agua y luz están junto a los demás, dentro del patio. Incluso alguno de los propietarios de los bajos tienen llave. Aparte de los contadores, los desagües de estos bajos están unidos al colector del edificio.
¿Se les puede exigir algún tipo de responsabilidad, que tipo de obligaciones tienen con la comunidad de vecinos?
La segunda cuestión es sobre el uso que se les da a estos bajos. Según la escritura son para uso de locales comerciales, pero hace unos meses hay un grupo compuestos por varias familias que han arrendado uno de los bajos que da a un jardín público, han hecho una pequeña reforma consistente en un baño y una pequeña cocina y le dan un uso privado. Aparte del uso del bajo, durante estos meses sacan al jardín público una mesa a la hora de cenar y están hasta altas horas de la noche. Hay vecinos que me han transmitido quejas ya no solo por el ruido sino por tema de privacidad ya que no se sienten cómodos teniendo a alguien debajo de su ventana que puede invadir su intimidad con solo con levantar la mirada. Incluso han avisado a la policía, ha hecho acto de presencia les ha informado de las quejas y el acto persiste, parece ser que la última solución es que la comunidad denuncie el hecho.
La pregunta sería ¿Se puede dar un uso privado o se consideraría un uso como vivienda el uso que se le da a este bajo estando catalogado como bajo comercial?
¿Hay algún tipo de ordenanza municipal que regule el uso de espacios públicos?
Espero que alguien me pueda ayudar y muchas gracias