Hola a todos, resulta que tras un robo en una de las viviendas la propietaria que ha sufrido el robo, a la cual robaron entrando por la ventana de la galería que daba al patio de luces y desde esta a la ventana de la cocina, ha colocado en la ventana de dicha galería una reja empotrada ya que según ella no puede ponerla en la ventana de su cocina porque tiene que tender ropa varias veces al día y esta mayor (eso es cierto) para estar abriendo y cerrando una reja.
El caso es que otros vecinos por lo visto han planteado hacer lo mismo y alguno de ellos, que esta en contra, dice que se ha informado y que poner rejas en ventanas de patio de luces esta totalmente prohibido por ley además de que también se lo han indicado según ellos desde los bomberos y/o policía que eso por seguridad esta prohibido. El caso es que se hizó una reunión y/o votación en la que se acordó que SIEMPRE QUE LA LEY LO PERMITA se podrán poner dichas rejas; pero necesito algo por escrito para demostrar a los Propietarios tanto una cosa como otra y por más que ha buscado no encuentro ninguna base legislativa que especifique si la ley lo permite o no.
En resumen, en la LPH por ejemplo sólo especifica en cuanto a la ventana del piso o local (art. 7) pero no a la ventana de la galería (que sería un elemento común) y no encuentro nada por lo que acudo al foro por si alguien puede echarme una mano
Gracias de antemano y un saludo