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dumeitos
24/11/2012 10:45

luz ascensor

2.177 lecturas | 6 respuestas

Buenos días a todos. Os lanzo esta pregunta por si me la podéis contestar:

¿Cuanto pagáis mensualmente de luz de ascensor?. Ascensor normal con bombillas normales

 
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dumeitos
27/11/2012 19:35

Siguiendo el mensaje anterior os diré que el punto del orden del día pone:

Designación de cargos de la junta directiva.

Por lo que creo que el cargo del administrador acaba y para que continúe tenemos que renovarlo.

Saludos.

 
D
dumeitos
27/11/2012 19:32

Los órganos de gobierno de la comunidad son los siguientes:

La Junta de propietarios.

El presidente y, en su caso, los vicepresidentes.

El secretario.

El administrador.

..........

 

 

.

 

 

.

5. Las funciones del secretario y del administrador serán ejercidas por el presidente de la comunidad, salvo que los estatutos o la Junta de propietarios por acuerdo mayoritario, dispongan la previsión de dichos cargos separadamente de la presidencia.

6. Los cargos de secretario y administrador podrán acumularse en una misma persona o bien nombrarse independientemente.

El cargo de administrador en su caso, el de secretario y administrador podrá ser ejercido por cualquier propietario, así como por personas físicas con cualificación profesional suficiente y legalmente reconocida para ejercer dichas funciones. También podrá recaer en corporaciones y otras personas jurídicas en los términos establecidos en el ordenamiento jurídico.

7. Salvo que los estatutos de la comunidad dispongan lo contrario, el nombramiento de los órganos de gobierno se hará por el plazo de un año.

Los designados podrán ser removidos de su cargo antes de la expiración del mandato por acuerdo de la Junta de propietarios, convocada en sesión extraordinaria.

8. Cuando el número de propietarios de viviendas o locales en un edificio no exceda de cuatro podrán acogerse al régimen de administración del artículo 398 del Código Civil, si expresamente lo establecen los estatutos.

Os copio el artículo 13 LPH donde dice que sí es cargo directivo el administrador y además su cargo es anual. De todas formas creo conveniente preguntar primero por el contrato por si hay alguna perla escondida.

 
B
buzomadrid
27/11/2012 17:22

Ojo; esa persona NO ES CARGO DIRECTIVO ni nada parecido en la comunidad, es una persona o empresa que presta sus servicios profesionales en ella, y nada más.

Leer muy bien el contrato que tengaís firmado con él (SI ACASO  EXISTE, lo negará), no vaya a ser que os encontreis con una sorpresa que no buscais.

No os olvideis de reflejar en la convocatoria de la reunión que convoqueis "RENOVACIÓN O SUSTITUCIÓN DE ADMINISTRADOR"

OS RECUERDO QUE QUIEN CONVOCA LA JUNTA SOIS VOSOTROS y que al administrador no le gusta nada lo que vais a poner en la convocatoria y pondrá todas las pegas existentes para no poner eso A LO QUE ESTA OBLIGADO.

Llevar un profesional preparado para esa junta.

 
D
dumeitos
27/11/2012 16:53

Este individuo debe saber porqué. Yo me temo que esconde algo.

En cuanto al cese del administrador se puede hacer en la reunión ordinaria puesto que uno de los puntos del orden del día es la renovación de cargos directivos. ¿Estoy en lo cierto verdad?, solo votar que no quieres renovar. No hay que pagar más indemnización ni nada.

Gracias anticipadas.

 
B
buzomadrid
27/11/2012 16:42

Desconozco si es un profesional quien os gestiona la  comunidad, pero leyendo lo que leo, creo que no lo es.

En las comunidades que se gestionan profesionalmente no existen dilataciones en tiempo para resolución de la solicitud de cualquier documento por un vecino, porque todo esta preparado para entregárselo  a los vecinos (OBLIGACION) de forma inminente (LO NATURAL ES ENTREGARSELO A TODOS LOS VECINOS TRIMESTRALMENTE para que todos vean el estado de cuentas.

NOTA: no todos los documentos se pueden entregar a cualquier vecino que lo solicite, pero éste al que hace referencia no entiendo el porque no se le entrega.

 
D
dumeitos
24/11/2012 13:42

Buenas a todos especialmente a pasacero. Sigo con mi tema. Este señor ( por llamarlo de alguna manera) le solicité los movimientos de cuenta de 2011 y la convocatoria de 2011 porque quería comprobar gastos del año pasado. Espero pacientemente que mande la convocatoria de este año ( me dijo que me mandaría todos los documentos junto a ella ) y cual el mi sorpresa que no me manda nada .

He de decir que le solicito los documentos en Julio de 2012 y septiembre de 2012(Esta segunda vez porque la primera no hizo ni caso).

Estoy que trino y me va  a oir en la reunión ( 30 de noviembre). Ya está bien de tomarnos el pelo.

 

Fin del hilo
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