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ferroka
05/02/2013 14:17

Presupuestos no aprobados

¿Cómo puedo asegurarme de que se presenten las cuentas de la Comunidad a todos los vecinos?

3.417 lecturas | 2 respuestas

Buenos días, sabría alguien asesorarme? Los presupuestos de la comunidad del año pasado, 2012, no se aprobaron, ni en la Junta Ordinaria ni en las posteriores Extraordinarias. Aun así se siguen pasando los recibos, pero algunos de los conceptos están reflejados como “Diferencia presupuestaria” que el administrador no sabe explicar ni justificar, y a los vecinos que se lo hemos solicitado sigue sin presentarnos las facturas ni el libro mayor de la Comunidad. Hemos intentado que sea el Colegio de Administradores el que interceda, pero nos dicen que no pueden hacer nada porque el administrador no esta colegiado. Que manera hay para seguir pagando pero que se presenten las cuentas de la Comunidad a todos los vecinos? Habíamos pensado en hacer una consignación judicial, pero en el juzgado nos dicen que solo podemos hacerlo si se niega la comunidad a aceptar los pagos, que como comprenderéis no se niega. Dado que el presidente no quiere hacer una nueva Junta, sino esperar a que llegue la Ordinaria de este año, y así cambiar de presidente, hay alguna manera, para que conste que seguimos pagando nuestras cuotas pero que no se pueda disponer de ese dinero hasta que se haga una Junta en la que presenten las cuentas?

Gracias

 
G
galileo1954
10/02/2013 23:40

Nosotros tenemos un caso parecido, pero lo que no aprobamos fue el ejercicio de 2013 porque en el ejercicio anterior en los presupuestos el seguro de la comunidad se acordó que se para una cantidad y el presidente pago bastante más de lo acordado sin contar con nadie y para este año ya ha fijado la misma cantidad y la junta no lo aprobó,por lo tanto yo también estoy de acuerdo con lo que dice pasacero.Salu2.

 
jesus.garcia.ramirez
jesus.garcia.ramirez
06/02/2013 00:08

Estimado Ferroka.

La cuestión que plantea tiene que tener una explicación de porque no se aprobó el presupuesto, en cualquier caso, piense que la Comunidad tiene unos gastos corrientes que pagar todos los meses, a modo de ejemplo (la electricidad del alumbrado de las zonas comunes y ascensor; empresas de servicios como limpieza, conserjería, mantenimiento de telecomunicaciones, etc), por tanto las cuotas que ustedes ingresan se tienen que aplicar a los pagos de los gastos corrientes.

Mi recomendación es que siempre contrate a Administradores de Fincas Colegiados y sobre todo Ud, como propietario, tiene todo el derecho a solicitar a su administrador cuantos datos y justificaciones necesite para aclarar la situación financiera y patrimonial de la comunidad de Propietarios.

Y respecto a que el Presidente no quiere convocar la Junta, le contesto que las pueden convocar el 25 % de los propietarios que a su vez representen un 25% de las cuotas de participación, a continuación le cito textualmente el punto 1º y 2º del art. 16 según la redacción contenida en la Ley 8/1999, de 6 de abril, de Reforma de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal

Punto 1. La Junta de propietarios se reunirá por lo menos una vez al año para aprobar los presupuestos y cuentas y en las demás ocasiones que lo considere conveniente el presidente o lo pidan la cuarta parte de los propietarios, o un número de éstos que representen al menos el 25 por 100 de las cuotas de participación.

2. La convocatoria de las Juntas la hará el presidente y, en su defecto, los promotores de la reunión, con indicación de los asuntos a tratar, el lugar, día y hora en que se celebrará en primera o, en su caso, en segunda convocatoria, <...>
 

Saludos

Jesús M. García Ramírez
Administrador de Fincas
C/ Alberto Aguilera, 35-Of. S5 28015 Madrid
Tf: 910259402 - Fax: 914356251
jesus.garcia@dosges.net
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