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problema humedad del cierre ventanas de balcón

¿Quién debe correr con el gasto de las humedades en mi balcón debido al deterioro del cerramiento de las ventanas del balcón de mi vecina del piso superior?

4.584 lecturas | 5 respuestas

Hola.

En mi balcon (que es cerrado) tengo un problema de humedades debido al deterioro del cerramiento de las ventanas del balcón de mi vecina del piso superior.

Ella se escuda en que el cierre de las ventanas del balcon es un elemento de la comunidad por lo que tiene que correr con este gasto, mientras mi seguro dice que es un elemento privativo donde cada uno debe correr con ese gasto.

En su origen, no era un balcon cerrado, pero hace 30 años todos los vecinos de la mano lo cerraron de manera individual sin que la comunidad corriera con ningun gasto.

¿Como puedo asegurarme de quien tiene que correr con este gasto? He mirado las escrituras de mi piso para comprobar si pone algo sobre si el elemento es de caracter privativo o no pero no veo nada sobre el balcón.

 

Art. 12  LPH. También hay referencia clara el el ARt. 7 punto 1.

 

elbonsai dijo:

Bueno esto esta claro, cuando se anexa o cierra un elemento común y se hace privativo, con o sin el consentimiento de la comunidad, los beneficios de esta acción repercuten en el propietario, de igual modo el propietario responde de los perjuicios que cause. 

 

¿Existe esto en algún articulo de la ley de protección horizontal?

 

Todo pago realizado por la Comunidad debe quedar reflejado en las cuentas del ejercicio y sobre todo y lo más importante debe existir un acta donde se haya aprobado ese acuerdo por el que la comunidad cubre con los gastos del cerramiento.

Administraciones Maxquefincas
Máximo Mateo Rentero
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Muchas gracias por la aclaración y rapidez de la respuesta.

Una ultima duda:

Si la vecina alega que el cierre de los balcones corrió a cargo de la comunidad (aunque sea falso), ¿como puedo demostrar lo contrario?

 

Bueno esto esta claro, cuando se anexa o cierra un elemento común y se hace privativo, con o sin el consentimiento de la comunidad, los beneficios de esta acción repercuten en el propietario, de igual modo el propietario responde de los perjuicios que cause. Por ello su seguro tiene razón, lo que debe hacer su seguro dado que le cubre los daños es arreglarlo y pasar la factura al causante osea a su vecina, sino lo paga el seguro no se preocupe que se lo reclamará y no dude que la buena señora acabará pagando. En cualquier caso usted teniendo seguro no debe ocuparse mas que de dar parte al mismo, es el seguro el que debe mover el culo para saber a quien debe cobrarle el daño, que para eso paga usted el seguro.

 

Fin del hilo
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