Perdone por las molestias, pero no me ha quedado muy claro.
Si consiguen modificar los art, del regimen interior no puede ser viable o compatible con el art 9 de la Ley Horizontal de la propiedad, ya que no se respeta y vulneran las zonas comunes , aparte de las molestias y ruidos.
Qué otra medida se podría tomar?. Gracias y perdone