Muy buenas compañeros:
La duda que se me plantea es la siguiente; hay un vecino que adeuda cuotas de la comunidad desde hace años, va haciendo ingresos parciales cuando le parece, pero la deuda sigue incrementándose.El pasado año en junta acordaron fijar un interés para las cuotas impagadas del 19% y lo que no sé es si yo al liquidar la deuda en JGE debo tener en cuenta esos intereses o los especifico en el monitorio de forma desglosada(el propietrio del piso x adeuda 1000 € más xxx en concepto de intereses acordados en Junta).
Otra duda que me surge es si esos intereses que se generan cuando pasa el plazo establecido para el abono de la deuda, son pagos semestrales y damos de margen para el ingreso de la cuota de un mes, los tengo que incrementar al saldo pendiente de este señor o en el saldo pendiente pongo únicamente las cuotas impagadas y los interes los detraido de los ingresos parciales(ej. Si ingresa 100 €, 81 considero que son de cuota y 19 de interes conforme al acuerdo alcanzado en junta).De se así en la certificación de la deuda hago constar las cuotas adeudadas más los intereses,no?
La situación es tensa ya que el resto de vecinos están hartos de los continuos incumplimientos de este propietario y no quieren perdonarle un euro, me lo han dicho por activa y por pasiva, y no quiero meter la pata.
Expreso mi admiración por los administradores de fincas por que lidiar con 20/30 o más comunidades debe ser una auténtica locura.
Muchísimas gracias por vuestra atención.
Un saludo compañeros.