Usted como presidenta tiene derecho de acceso a toda la documentación.
El Art. 20 de la ley de Propiedad Horizontal que tiene por objeto regular las obligaciones de la Comunidad señala que el Administrador debe custodiar a disposición de sus titulares la documentación de la Comunidad.. Por su parte el Art. 19 del mismo cuerpo legal establece que el Secretario debe custodiar el libro de actas, así como conservar durante un plazo de cinco años, las convocatorias, comunicaciones y demás documentos relevantes de las reuniones.
Por todo lo anterior, si en su Comunidad existe un Administrador, deberá dirigirse al mismo para que le exhiba la documentación solicitada.
Una cuenta común para varias comunidades? raro raro. Deberían de tener una cuenta propia asociada a su CIF y usted como presidente debería tener firma autorizada para poder acceder a la cuenta de la comunidad.
Cobro de cuenta por internet? raro raro, en nuestro caso " Administradores colegiados", tenemos un convenio firmado que dota de gratuidad a todos los servicios. Todo dependerá de cada caso.
Vaya al banco donde se esté la cuenta de la comunidad y solicite información. Seguramente le pidan copia del acta en donde venga reflejado que usted es el presidente.
Desde luego yo cambiaría de administrador.