Yo intentaría buscar defectos en la toma del acuerdo, para así tener algún fundamento legal para impugnar el acuerdo, el echo de que sea imprescindible o no, no es causa para incumplir con la obligación del pago de dicha derrama.
Dependiendo de la redacción del punto del orden del día y del reflejo del acuerdo en acta pueden haber posibilidades de intentar buscar un resquicio legal para no hacerte cargo.
Por ejemplo, en el punto del orden del día tiene que quedar claro el acuerdo a tomar, por ejemplo, "aprobación presupuesto proyecto arquitecto, aprobación de la correspondiente derrama. Si procede". Si esta redactado de una forma similar esta bien, si por el contrario pone algo como: “demanda constructora. Actuaciones a tomar. Si procede", si pone algo así, es muy probable que puedas impugnar lo por que no aparece de forma clara como punto del orden día.
En cuanto al acuerdo, ya te digo, revisa el acta y su redacción, quizá por ahí puedas defender tu postura, pero probablemente lo único que condigas es prolongar la agonía.
Espero haberte sido de utilidad.