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M
miguelssc
02/07/2013 19:13

uso de terraza comunitaria siendo inquilino del ático

¿Pueden exigirme que quite mi pérgola de la terraza comunitaria?

7.038 lecturas | 5 respuestas

Hola a todos!

Tengo un problema con la comunidad de propietarios. Yo vivo de alquiler en el ático del edificio, que pertenece a la comunidad, desde hace un año. Es un ático que tiene salida a la terraza, de hecho fue la razón por la que alquilamos el piso. LA terraza es comunitaria, pero solo tienen acceso a ella los inquilinos de los áticos del edificio y el portero. Todos, en mayor o menor medida, hacemos uso de ella: plantas, mesas, tumbonas, sombrillas... 

El problema lo tengo porque he puesto una pérgola en mi zona. No os imaginéis un armatoste gigante anclado al suelo, es un elemento totalmente móvil y sin anclajes que no interrumpe el paso y que no daña la superficie. Al no ser un cambio en la estructura y ser algo "de quita y pon" (que al final del verano desmontaremos) la verdad es que ni nos planteamos que tuviéramos que pedir permiso a la comunidad de propietarios.

Como ya os podréis imaginar por lo que voy contando, la comunidad nos está exigiendo que quitemos la pérgola. Es más, nos dicen que está prohibido salir en cualquier caso a la terraza (lo que tiene guasa... como os comento todos los inquilinos la usamos y todos los áticos tienen puerta a la terraza). Para ello nos han enviado un burofax.

No lo puedo entender. No hemos puesto ninguna barrera, ningún elemento fijo ni nada que dificulte el paso ni dañe la superficie, que se supone que es lo que dictan las ordenanzas. Y nadie, excepto el portero (que es el que se ha quejado) tiene acceso siquiera a la terraza.

Y no penséis que estamos haciendo fiestas y molestando a la gente, tanto mi pareja como yo entramos a trabajar a las ocho de la mañana...

En fin. ¿Tienen realmente derecho a exigir que quitemos nuestras cosas? ¿Podemos acudir a algún organismo oficial que nos asesore?

Muchas gracias por adelantado.

 
carolinevega
carolinevega
07/01/2024 15:30
De buena fuente se, que miguelssc que insertó la pregunta en 2013, o sea hace 10 años, ya dejo esa vivienda.
Que mania con desempolvar temas atávicos
 
T
Tripolin
07/01/2024 00:36

Sentencia de la Sala Primera de lo Civil del Tribunal Supremo:

"La terraza que hace de cubierta del edificio no puede ser de uso privativo si no viene reconocida tal circunstancia en el título constitutivo o no es acordadado expresamente en la junta de propietarios".

 

Sentencia Nº 600/2012, de 28 de Septiembre, de la Sección 12ª de la Audiencia Provincial de Madrid: 

"Planteado, pues, el punto de partida, ha de consultarse el título constitutivo de la comunidad, buscando en él la descripción que se realiza de la edificación, y, en particular, si se contempla una atribución a determinadas viviendas de un uso sobre un elemento común.

Esto es, para afirmar que existe un aprovechamiento privativo de un lugar común, es requisito indispensable que ese derecho venga explícitamente reconocido tanto en el título constitutivo de la comunidad, como en el título de propiedad del inmueble. Así se pronuncia nuestra jurisprudencia, pudiendo citar, entre otras, la Sentencia nº 593/2006, de 15 de diciembre, de la Sección 19ª de la Audiencia Provincial de Madrid...".

 

Pues bien, si en el título constitutivo no dice que usted tenga el uso privativo de una zona común, por mucho que su vivienda tenga acceso único o comunitario a la terra del ático, usted no tiene dicho uso privativo.

En este foro le pueden decir misa al respecto, pero las sentencias, sobre todo la del Tribunal Supremo, deja claro las dos únicas opciones por las que puede tener usted el uso privativo de una zona común. Dejando muy claro que el uso privativo de una zona propiedad de la comundad, no se obtiene por el mero hecho de que su vivienda tenga acceso exclusivo a esa terraza (o patio de luces, por ejemplo).

En este caso en cuestión, resula que ni tan siquiera se trata de una zona de acceso exclusivo de un solo propietario. Por lo que, más aún para aplicar lo que diga el título constitutivo.

Por lo general, el título constitutivo tiene clausulas o estatutos iniciales (por el promotor), en las que deja claro que las terrazas son de uso exclusivo de un propietario o propietarios. Pero también hay ineptos que no crean esos estatutos y hacen que los propietarios de áticos con acceso exlcusivo a las terrazas, no tengan el uso privativo de estas.

Lo que manda en una comunidad son los estatutos iniciales del título constitutivo, o, posteriormente, los estatutos que los propietarios creen posteriormente.

Si en los estatutos no dice nada de que los propietarios con ático de su comunidad tienen el uso privativo, usted no podrá dejar nada de nada. Sea con obra o sin obra. Sea un macetero o sea una pergola anclada.

Lo único que usted podrá hacer en esa terraza, es salir, pasearse y volver a meterse en su vivienda. No puede hacer nada más.

Esto es algo que hay que mirar muy bien cuando uno se compra una vivienda con ático o patio de luces.

 

 
M
MACADI
03/07/2013 09:14

"he puesto una pérgola en mi zona"

¿La terraza está dividida en zonas? cada ático tiene una zona o no.

¿La terraza es de uso exclusivo para los áticos?  ¿en las escrituras de los áticos que dice sobre este asunto?

El portero tiene acceso ¿vive en un ático?, hay otra entrada y el portero tiene llave, ¿podrían entrar los demás vecinos por esa entrada?

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En principio, al ser una zona común que pueden usar varios propietarios, no se puede ocupar, es decir, si sacas una tumbona para estar en la terraza sentado, al irte te la tienes que llevar, pues esa zona puede ser utilizada por otros vecinos.  Los vecinos pueden llegar a acuerdos, sobre el uso de las zonas comunes.

 

 
E
elbonsai
02/07/2013 22:50

La comunidad es la que decide sobre los espacios comunes y por lo tanto si no quiere pergola pues tendrá que quitarla. Usted puede usar la terraza dado que tiene acceso a ella, pero no tiene derecho a colocar utiles en la misma sean moviles, fijos, grandes pequeños etc etc.

 
M
miguelssc
02/07/2013 19:50

Hombre, si nos ponemos así entonces no se deberían construir áticos!

:D

 

Fin del hilo
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