Buenos días,
sobre el camino, si era un camino de su propiedad y no tenía servidumbre de paso, no tiene usted nada que hacer. Eso lo puede usted saber acercándose al registro de la propiedad y pidiendo las notas simples de esos terrenos, siempre que estén registrados, claro está.
Sobre la antena, si está todo el contenido dentro de su terreno, no puede obligar a quitarla. Saludos,