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peana
10/09/2013 16:57

Cambio de sistema de calefacción

¿Si un propietario instala calefacción eléctrica pueden obligarle a seguir pagando el mínimo del gasoil?

11.972 lecturas | 9 respuestas

Hola, mi caso es el siguiente:

En una reunión se acuerda por mayoría suprimir el sistema de calefacción original del edificio (caldera comunitaria de gasoil) , para sustituirlo por calderas individuales de gas. Un mes después, y antes de haber realizado ningún tipo de obra, se realiza una nueva reunión para revocar el acuerdo anterior de eliminación de gasoil.  Ante la negativa de los propietarios que estaban de acuerdo con el gas, se decide que convivan ambos sistemas y que los propietarios que deseen desconectar el gasoil deben presentar el contrato del gas para no seguir pagando un mínimo mensual de consumo y mantenimiento comunitarios.

Mi pregunta es: si un propietario decide instalar calefacción eléctrica, pueden obligarle a seguir pagando el mínimo del gasoil, por no presentar contrato de gas?

Gracias.


Editado por peana 10/09/2013 16:58
 
ADASgestion
ADASgestion
11/09/2013 19:13

Si entiendo que dice la mayoria

pero es importante saber si esa mayoria que se refiere es 3/5 de la comunidad, o es válido una mayoría simple 

Por ejemplo una comunidad de 30 necesita 18 votos, no seria válido con 16 votos., ojo! y que sean tambien las 3/5 de las cuotas de participación 

No es valido que presente el certificado de la instalacion de electricidad ya que esa instalacion nunca se ha tratado en ninguna junta, 

Si no asistio a la 2º, tendra que aceptar lo que se aprobo por mayoría de 3/5

Podria impugnar ante los tribunales el acuerdo de la Junta, ya que dice que no asistio a la 2ª (tambien entiendo que no estaba representada).

s/ el art 18.2 de la LH

Estarán legitimados para la impugnación de estos acuerdos los propietarios que hubiesen salvado su voto en la Junta, los ausentes por cualquier causa y los que indebidamente hubiesen sido privados de su derecho de voto. Para impugnar los acuerdos de la Junta el propietario deberá estar al corriente en el pago de la totalidad de las deudas vencidas con la comunidad o proceder previamente a la consignación judicial de las mismas. Esta regla no será de aplicación para la impugnación de los acuerdos de la Junta relativos al establecimiento o alteración de las cuotas de participación a que se refiere el artículo 9 entre los propietarios.

s/ el art 18.3 de la LPH

La acción caducará a los tres meses de adoptarse el acuerdo por la Junta de propietarios, salvo que se trate de actos contrarios a la ley o a los estatutos, en cuyo caso la acción caducará al año. Para los propietarios ausentes dicho plazo se computará a partir de la comunicación del acuerdo conforme al procedimiento establecido en el artículo 9.

Compruebe la votacion, a ver si por ahi puede hacer algo, 

ADASGestión (Administración de Fincas y Asesoría Jurídica)
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peana
11/09/2013 18:57

La instalación comunitaria corre a cargo de la empresa suministradora de gas.

He asistido a la primera junta y votado a favor de la eliminación del gasoil, quedando aprobado por mayoría. A la segunda en la que se estableció la condición de aportar el contrato del gas no asistí.

Y en lugar de aportar el contrato del gas, aportaría la instalación de la calefacción eléctrica. (No entiendo en qué le influye a otro vecino que yo ponga gas o electricidad, si de todas formas no sigo con gasoil).

A final de mes hay una junta y les cuento como queda el tema.

Gracias por la información.


Editado por peana 11/09/2013 19:00
 
ADASgestion
ADASgestion
11/09/2013 16:34

Hay varias cosas que no me encajan:

Los que escogen gas no tienen ningún gasto comunitario, sólo el de instalción particular de cada vivienda.  Tambien tendrá, que pagar la instalación general hasta los  puntos de consumo (caldera individual) o se la regala el suministrador del gas.

Si no hizo en la  o las Juntas la observación de estudiar la posibilidad de su propuesta. No fue a la o las Juntas para votar por una opción,... Tendrá que acogerse a lo decidido por la mayoría.

una segunda junta también por mayoría se aprobó seguir utilizando el gasoil y que "quien quisiera dejar de pagar la cuota mínima comunitaria tenía que aportar el contrato del gas.

Por lo tanto si no aporta el contrato del gas (porque no quiere hacer la instalación) no le queda mas remedio que aceptar pagar os gastos por calefacción central.

Como ultima opción de pataleo a ver si tiene suerte con la votacion y puede presentar otras propuestas  (puede comprobar las votaciones en el propio Acta de las Juntas)

art. 17.3 de la LPH

El establecimiento o supresión de los servicios de portería, conserjería, vigilancia u otros servicios comunes de interés general, supongan o no modificación del título constitutivo o de los estatutos, requerirán el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación.

Claro al hablar de servicios comunes de interes general, aunque este concepto jurídico indeterminado que habra que darle contenido en cada situación concreta

La respuesta no puede ser definitiva ya que "servicios comunes de interés general", o simplemente "interés general", es un concepto jurídico indeterminado que habrá que dotarlo de contenido en cada situación concreta, de manera que un mismo servicio, valoradas las circunstancias particulares de cada comunidad, podría ser considerado de interés general para una comunidad de propietarios y no para otra.

pero el art. 396 de C.C. dice entre otras cosas.

....instalaciones comunes, incluso aquellos que fueren de uso privativo; los ascensores y las instalaciones, conducciones y canalizaciones para el desagüe y para el suministro de agua, gas o electricidad, incluso las de aprovechamiento de energía solar; las de agua caliente sanitaria, calefacción, aire acondicionado, ventilación o evacuación de humos; las de detección y prevención de incendios; las de portero electrónico y otras de seguridad del edificio, así como las de antenas colectivas y demás instalaciones para los servicios audiovisuales o de telecomunicación, todas ellas hasta la entrada al espacio privativo; las servidumbres y cualesquiera otros elementos materiales o jurídicos que por su naturaleza o destino resulten indivisibles.

Que tenga suerte ya nos contara

 

 

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peana
11/09/2013 12:17

Pesada no, se agradecen las opiniones. Me refería a la tarifa de discriminación horaria, le llamé nocturna por costumbre.  No creo que salga más barato el consumo de los acumuladores pero con el mismo gasto o poco más , no hay grandes diferencias, tengo calor todo el día. Supongo que dependerá del tipo y tamaño de vivienda.

Los que escogen gas no tienen ningún gasto comunitario, sólo el de instalción particular de cada vivienda. Entonces por qué no puedo yo poner el tipo de calefacción que quiera o ninguna, si en una  junta se aprobó por mayoría la eliminación del sistema de gasoil. En una segunda junta también por mayoría se aprobó seguir utilizando el gasoil y que "quien quisiera dejar de pagar la cuota mínima comunitaria tenía que aportar el contrato del gas". Este último punto es el que dudo que sea legal. Si se autoriza a que alguien suprima un servicio comunitario no creo que la junta tenga poder legal para decidir quien lo puede hacer y quien no.

Gracias y perdón por la insistencia, pero es un punto que no está nada claro. El administrador cree que es legal ese acuerdo y la opinión de mi abogado es que no. Como dice Miguelsercos, se trata de individualizar la calefacción.


Editado por peana 11/09/2013 12:20
 
ADASgestion
ADASgestion
11/09/2013 01:38

La tarifa nocturna de luz, ya no existe, ahora existe la tarifa de discriminación horaria, si puede cargar por la noche los acumuladores

Mire realmente todos los costes de la calefaccion electrica, para tener el confort de una calefaccion central, a mi nunca me salieron las cuentas que la electricidad fuese mas economica pero pudiera ser, reviselo.

igual me paso me paso de pesada, pero de un vistazo al enlace,

https://www.holaluz.com/blog/me-conviene-la-tarifa-con-discriminacion-horaria/

Volviendo a su tema:

Pues si se cumplieron las mayorias  ambas votaciones, y usted en ningna de ellas hizo la salvedad que no le interesaba ninguna,  ha pasado un mes desde que recibio el acta de ultia  junta y no ha dicho nada, le tocara pagar segun en el grupo de gastos en el que hizo usted la votacion

 

 

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peana
11/09/2013 00:32

Gracias por las respuestas.

La cuestión no es elegir entre un sistema u otro, lo que quiero es instalar acumuladores eléctricos con tarifa nocturna. Ya están estudiados los costes, que en cuanto a instalación son similares, y tenemos preferencia por ese tipo de calefacción.

Mi duda era simplemente si una reunión de propietarios puede decidir que sólo se pueden desconectar del sistema de gasoil los que se cambien a gas (porque esa fue la propuesta inicial). Yo considero que tengo el mismo derecho que los demás a desconectar el sistema comunitario, independientemente del tipo de calefacción que yo elija para mi vivienda.

 
ADASgestion
ADASgestion
10/09/2013 23:17

No estoy de acuerdo sin estudiar el caso concreto que la instalacion electrica sea mas barata por que muy sencillo.

Quien le dice y le valora al propietario que:

  • tiene que contratar 8KW los 12 meses del año, contando que tenga contratado 2.6/3KW, si para usos de vivienda sin calefaccion tiene contratado 5 KW, con 8KW no llega
  • Tiene seccion la acometida la vivienda para ese nuevo consumo, pongamos 8KW, Si no tiene la seccion del cable tendra que cambiar este desde el contador a su cuadro general
  • Tendra que rectificar el cuadro general y/o poner una ampliacion

Despues a sumar la instalacion interior de alimentacion a los radiadores y los radiadores que son muy caros.

Claro no olvidemos el consumo electrico que tiene su miga acertar el precio como el del gas, gas-oil....

 

 

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arqtbcn
arqtbcn
10/09/2013 22:59

Tal y como comenta ADASgestión, es importante que un técnico revise el coste de la implantación de la nueva calefacción.

Paralelamente, si tu idea es poner calefacción eléctrica debo decirte que es totalmente desaconsejable. Es la más cara, con mucha diferencia. (no por la instalación, sino por la eficiencia de la misma)

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ADASgestion
ADASgestion
10/09/2013 19:00

Han comprobado que cumple la mayoría necesaria para que se solicitan para suprimir un servicio común "la calefacción central" a "individual con gas"

Y me pregunto yo solo por curiosidad : Estaba presupuestado la modificación de la distribución interior en viviendas de las tuberías de calefacción.

En la calefacción comunitaria pudiera estar conectado cada radiador a una columna vertical (ida+retorno) y ahora al poner a caldera individual tienen que hacer una distribución interior para alimentar los radiadores desde la caldera

Y cuento lo mismo para el agua caliente a no ser que ya fuese indivdual.

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