En mi ciudad por ejemplo,pueden estar en patios,terrazas y balcones,sin una permanencia prolongada,en un recinto adecuado y tienen que comportarse como si de una vivienda se tratase.
Con lo cual,la estancia prolongada podría estar prohibida(eso le interesa),mire en su ayuntamiento como le dicen,si tiene página web seguramente hay pueda verlo sin mas molestias.