Volver al foro
M
Marmual7
23/09/2013 21:45

Inexactitud en el acta

¿Cómo reclamar una inexactitud en el acta de una Junta General?

2.726 lecturas | 3 respuestas

¿Cómo se puede hacer una reclamación ante una inexactitud en el acta?. El caso es que se aprueba una derrama para una obra y en el acta se refleja que se aprueba realizar de una forma determinada, cosa que no es así, se quedo en estudiar como realizarla y presentarla a la Junta General para su aprobación definitiva.

¿Hay que ir directamente l juez?. Porque el administrador y el presidente no están haciendo caso del asunto. Son ellos quien lo han promovido.

 
ADASgestion
ADASgestion
24/09/2013 12:33

si usted dice que en la junta se dijo:

preparar un fondo para su ejecución, pero no como se realizaba la obra, dado que hay distintas posibilidades

y se redacto:

aprobó realizarla de la manera que ellos proponían

puede impugnar, se votaba para hacer un fondo, y seguramente cuando se tuviese definida la obra, el presupuesto....... ya se haría la correspondiente votación en Junta. Debe indicar que solicita que se recoja ese error de redacción en la próxima Junta.

Tiene que tener en cuenta, que para realizar obras, se tiene que presentar uno o varios presupuestos para votar en Junta.

 

ADASGestión (Administración de Fincas y Asesoría Jurídica)
Tfo: 639308215 | adasgestion@gmail.com
Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 
M
Marmual7
24/09/2013 11:50

Gracias ADASgestion, el problema está en que no se votó en contra ni se salvó el voto, se votaba otra cosa. Relacionada con ello, preparar un fondo para su ejecución, pero no como se realizaba la obra, dado que hay distintas posibilidades, y han puesto que se aprobó realizarla de la manera que ellos proponían. Han aprovechado la ocasión de la votación de para agregarla a sus conveniencias. Hubo algún voto en contra, aunque no se salvó el voto. La pregunta es clara ¿los asistentes que no votamos en contra, estamos legitimados para impugnar el acta?. ¿como lo hacemos?.

 
ADASgestion
ADASgestion
23/09/2013 23:57

Pude impugnar el acta, se lo comenta a Presidente y Administrador y no hacen caso enviles un burofax, indicando que la redacción del acta no es coresta ya que se acordo........ por lo quei mpugna el acta 

s/art. 18.2 /.3/.4

Estarán legitimados para la impugnación de estos acuerdos los propietarios que hubiesen salvado su voto en la Junta, los ausentes por cualquier causa y los que indebidamente hubiesen sido privados de su derecho de voto. Para impugnar los acuerdos de la Junta el propietario deberá estar al corriente en el pago de la totalidad de las deudas vencidas con la comunidad o proceder previamente a la consignación judicial de las mismas. Esta regla no será de aplicación para la impugnación de los acuerdos de la Junta relativos al establecimiento o alteración de las cuotas de participación a que se refiere el artículo 9 entre los propietarios.
3. La acción caducará a los tres meses de adoptarse el acuerdo por la Junta de propietarios, salvo que se trate de actos contrarios a la ley o a los estatutos, en cuyo caso la acción caducará al año. Para los propietarios ausentes dicho plazo se computará a partir de la comunicación del acuerdo conforme al procedimiento establecido en el artículo 9.
4. La impugnación de los acuerdos de la Junta no suspenderá su ejecución, salvo que el juez así lo disponga con carácter cautelar, a solicitud del demandante, oída la comunidad de propietarios.
 

ADASGestión (Administración de Fincas y Asesoría Jurídica)
Tfo: 639308215 | adasgestion@gmail.com
Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 

Fin del hilo
Mensajes Relacionados
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal y Política de Privacidad  |  Política de cookies  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento