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demetriog
demetriog
22/11/2013 15:40

Obligación de asumir la presidencia de la comunidad

2.116 lecturas | 1 respuestas

¿Puede un propietario, por el hecho de no residir en su vivienda, negarse a asumir el cargo de presidente cuando le toque por rotatividad? ¿alguien me puede informar?

 
K
kofilir
22/11/2013 20:23

Buenas tardes. Muy acertadas las dos respuestas, y si me permiten según mi esperiencia un añadido, cuando los copropietarios nombran a un presidente y éste no ésta presente (sin justificar su ausencia), si fuera posible, debieran los copropietarios que asisten a la Junta, nombrar, de entre los copropietarios presentes, a un vicepresidente, con unos poderes a efectos prácticos tanto o mas que los del presidente nombrado. Saludos.

 

Fin del hilo
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